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Procede infraccion art. 15.5-5a RGVEH?

Iniciado por Pol205, Sábado 04 de Mayo de 2019. 20:17 horas.

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Pol205

 Vehículo marca de los 4 anillos colocados en el frontal y éstos van iluminados, se puede ver y distinguir la marca de lejos gracias a la iluminación led propia que lleva.




elrober

Yo considero que SI se podría denunciar, son dispositivos luminosos no AUTORIZADOS, Saludos
Con todos para todos......

pitutis

Hola, creo que podría encajar mejor el artículo 15.5.5C Veh.: "Circular con el vehículo reseñado llevando instalados dispositivos luminosos no autorizados".

Currito

Buenas tardes. Pudiera ser que sí se pueda denunciar, pero ojo con esto, porque Mercedes ya tiene en el mercado vehículos suyos con acabados AMG que tienen iluminado su logo en la parrilla frontal y viene de serie. Así que habrá que saber si Audi también lo está haciendo con sus vehículos en un acabado en concreto.
Saludos

Pol205

Al venir de serie, ha de venir reflejado en su ficha de características técnicas también?

Ya que al hilo de venir o no instalado de serie, me viene a la cabeza los quads matriculados como Vehículo Especial que vienen sin la señal luminosa V2 y en cambio por definición del vehículo, características y matriculación deberían llevarlo puesto y en funcionamiento cuando no sobrepasen los 40 kh/h. que en vías urbanas viene siendo siempre; si bien no he visto ninguno con ella tan siquiera instalado.

Gracias.

Currito

no creo que tenga que venir detallado en la ficha de ITV, entiendo que no se trata de que el propietario del vehículo  ha añadido esa instalación, en caso contrario, si procede denuncia