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Vehiculo sin matricular asegurado?

Iniciado por tango, Miércoles 10 de Abril de 2019. 23:56 horas.

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tango

Holaaáaaaa. Mi pregunta es la siguiente! Es obligatorio tener asegurado un vehiculo a motor o cualquier otro vehiculo obligado a estar matriculado . POR JEMPLO UNA MOTO TRAIE, ENDURO, MAQUINA D OBRAS..ETC?

ANTONIO CHAPARRO RUBIO

Negativo, condición necesaria estar matriculado.

tango


Vial Florida

Os acordáis de las minimotos , había una instrucción de la DGT al respecto que establece la denuncia de ellas aunque no estuvieran matriculadas, o un Kart que circule por una carretera , es más el art. 2.1 c) de la Ley del SOA establece la obligación de asegurar  "Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o signo distintivo y España sea el Estado del domicilio del usuario".Yo entiendo que si es denunciable.

Merucu1

En la instrucción 17/S-45 viene especificado:

6.5. Motos deportivas, de Trial, de Enduro, maquinaría agrícola, maquinaria de obras.
Estos supuestos no deben llevar al error de confundirnos con "vehículos excluidos de
matrícula o susceptibles de ser matriculados".
 Motos deportivas, de Trial, Enduro sin matricular y destinadas a pruebas deportivas,
campo..., etc y que por tanto no pueden circular por las vías y terrenos mencionados en el
artículo 2 LTSV. Se denunciará a la persona que la utiliza en ese momento por
"Circular....", haciéndose constar claramente la vía, punto kilométrico, modelo, bastidor, el
destino de dicho vehículo...etc.

Un saludo.