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Circular 1/2021, sobre plazos investigación judicial del Art. 324 LEcrim

Iniciado por Dikxon, Sábado 17 de Abril de 2021. 11:27 horas.

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Dikxon

Circular 1/2021, de 8 de abril, sobre los plazos de la investigación judicial del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Citar1. Cuestiones preliminares.
2. Los plazos de la investigación judicial del art. 324 LECrim.
2.1 Nueva regulación legal.
2.2 El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y los plazos regulados por el art. 324 LECrim.
2.3 Ámbito objetivo de aplicación.
3. Presupuestos para la prórroga de la investigación judicial.
4. Delimitación de las facultades del órgano instructor y las partes en relación con la prórroga de la investigación judicial.
5. Cómputo de los plazos.
5.1 Determinación del dies a quo.
5.2 Dies ad quem de la investigación judicial.
6. Interrupción del cómputo.
7. Los efectos del transcurso de los plazos de la investigación judicial.
7.1 Prórroga extemporánea de la fase de investigación judicial.
7.2 Régimen jurídico de las diligencias practicadas extemporáneamente.
7.2.1 Diligencias acordadas con anterioridad al agotamiento del plazo.
7.2.2 Régimen de las diligencias acordadas y practicadas extemporáneamente.
8. La declaración en calidad de investigado/a tras la expiración de los plazos del art. 324 LECrim.
9. La petición de diligencias complementarias tras la conclusión de la fase de instrucción.
10. La actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal ante procedimientos provisionalmente sobreseídos.
11 . Actividad extraprocesal y plazos procesales de la investigación judicial.
12. Régimen transitorio aplicable a las causas incoadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma.
13. Cláusula derogatoria.
14. Conclusiones.

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...