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MARGEN DE ERROR EN ALCOHOLEMIA EN VIA ADMINISTRATIVA

Iniciado por epsm, Miércoles 07 de Septiembre de 2022. 19:35 horas.

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epsm

Buenas tardes.
Hay que aplicar el margen de error por denuncia en alcoholemia en vía administrativa?
Conozco la Instrucción 14/S-134 del año 2014 donde se establece:
"En los casos en los que si proceda la formulación de la denuncia, los agentes deberán consignar, en el boletín y en la documentación complementaria, siempre la tasa que arroje el etilómetro, que es la que se refleja impresa en los tickets, nunca la tasa corregida, toda vez que el artículo 74.3.a) del texto articulado establece que en las denuncias de los agentes deberá constar, entre otros, "la infracción presuntamente cometida". En este sentido, debe tenerse en cuenta que el resultado que consta en los tickets es la prueba real de la infracción que se imputa, y ello no debe nunca generar confusión ni inseguridad jurídica a las partes intervinientes en el procedimiento".

En vía penal no hay dudas, hay varias instrucciones de fiscalía que obligan a ello.
Hay alguna norma que obligue a la aplicación del margen de error por denuncia por alcoholemia en vía administrativa?

pitutis

Hola, creo que de momento no hay nada que lo diga, pero ya están saliendo sentencias, sobre todo cuando las tasas están en el límite del 0,50 mg/l, que indican que se debe aplicar.

Te adjunto enlace, por si te sirve de ayuda.

https://www.guardianesdelasfalto.com/web/index.php/topic,2562.0.html

Saludos.
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