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PUEDE MERCANCIAS PELIGROSAS HACER DESCANSO FUERA DEL RIMP?

Iniciado por thetrooper69, Viernes 23 de Agosto de 2024. 10:04 horas.

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thetrooper69

Buenos dias
Me gustaría que alguien me pudiese aclarar si un camion con mercancias peligrosas, y portando los paneles naranjas puede hacer el descanso o estacionar durante largo tiempo fuera del RIMP
el otro dia estando de servicio observe a un vehículo cargado con mercancia peligrosa haciendo el descanso cerca de una población
Se agradece mucho las contestaciones o si hubiese alguna instruccion de la DGT
Freedom of speech

Merucu1

La respuesta la tienes en el apartado B.2.2 b) de la resolución de la DGT, sobre medidas especiales de regulación del tráfico:

Asimismo, se permitirá abandonar la RIMP por la salida más próxima, en aquellos desplazamientos cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor; para efectuar los descansos diario o semanal; para la realización de operaciones de reparación, mantenimiento del vehículo o para acceder a la base de la empresa transportista, siempre y cuando, en todo caso, se cumplan las condiciones de seguridad y protección establecidas en el ADR.

Además de eso, también se debe tener en cuenta si esa mercancía tiene alguna disposición especial conforme el apartado 8.4 del ADR, eso te viene en la columna (19) de la tabla A, disposiciones S, en algunas no permite el estacionamiento cerca de las poblaciones y también si el municipio donde estaciona, tiene alguna ordenanza, que prohíba el estacionar a MMPP.

Un saludo.
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