Denuncia velocidad sin notificación

Iniciado por manuhe, Sábado 28 de Mayo de 2022. 10:14 horas.

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manuhe

Denuncia a un familiar en travesía de 40km a 60km , sin notificar, que alegaciones y sanciones tiene, muchas gracias.

Dikxon

Cita de: manuhe en Sábado 28 de Mayo de 2022. 10:14 horas.Denuncia a un familiar en travesía de 40km a 60km , sin notificar, que alegaciones y sanciones tiene, muchas gracias.

Justo en el límite, 100€ sin puntos, 50€ por pronto pago.
Si no le han notificado, probablemente le llegue la notificación con la fotografía incluida en la misma, y a partir de esa notificación, 20 dias para alegaciones o pronto pago.

velocidades dgt.jpg
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...

pitutis

Sabes si el cinemómetro estaba funcionando en estático, es decir, en vehículo, trípode o en cabina, y si había o no operador?


pitutis

Lo comentaba porque si era fijo, hay una posibilidad, pero seguramente habría que llegar al contencioso, ya que según la Orden ICT/155/2020 dice en el Anexo XII "aparatos para medir la velocidad de los vehículos", Apéndice I:

1.10 A los cinemómetros que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación.

Ya que según Sentencia del Juzgado Contencioso nº 5 de Córdoba, en el que se estima el recurso, en su Fundamento Jurídico Segundo dice:




No sé si te servirá de ayuda.

lobula

Hola:

Tendrías la St completa para ver si se puede saber si cuando hay un fotograma o 2?

Gracias de antemano.


lobula


Motorista

Cita de: Dikxon en Sábado 28 de Mayo de 2022. 11:33 horas.
Cita de: manuhe en Sábado 28 de Mayo de 2022. 10:14 horas.Denuncia a un familiar en travesía de 40km a 60km , sin notificar, que alegaciones y sanciones tiene, muchas gracias.

Justo en el límite, 100€ sin puntos, 50€ por pronto pago.
Si no le han notificado, probablemente le llegue la notificación con la fotografía incluida en la misma, y a partir de esa notificación, 20 dias para alegaciones o pronto pago.

velocidades dgt.jpg


Perdona compañero, pero los cinemometros móviles tienen normalmente un margen de error del 5% hasta 100kn/h, eso sería unos 42 km/h como máximo, los componentes de la Agrupación lo suelen poner a partir de 20 km/h más de margen, pero que yo sepa no hay ninguna norma si quiera en las de la Agrupación en la que ponga que es ese limite por lo que no estoy seguro de que  fuese correcto eso de " justo en el limite" creo que es así, si fuese de otra forma podríais decírmelo, es para saber si estoy equivocado

Dikxon

Cita de: Motorista en Sábado 10 de Septiembre de 2022. 06:48 horas.
Cita de: Dikxon en Sábado 28 de Mayo de 2022. 11:33 horas.
Cita de: manuhe en Sábado 28 de Mayo de 2022. 10:14 horas.Denuncia a un familiar en travesía de 40km a 60km , sin notificar, que alegaciones y sanciones tiene, muchas gracias.

Justo en el límite, 100€ sin puntos, 50€ por pronto pago.
Si no le han notificado, probablemente le llegue la notificación con la fotografía incluida en la misma, y a partir de esa notificación, 20 dias para alegaciones o pronto pago.

velocidades dgt.jpg


Perdona compañero, pero los cinemometros móviles tienen normalmente un margen de error del 5% hasta 100kn/h, eso sería unos 42 km/h como máximo, los componentes de la Agrupación lo suelen poner a partir de 20 km/h más de margen, pero que yo sepa no hay ninguna norma si quiera en las de la Agrupación en la que ponga que es ese limite por lo que no estoy seguro de que  fuese correcto eso de " justo en el limite" creo que es así, si fuese de otra forma podríais decírmelo, es para saber si estoy equivocado

Lo de justo en el límite me refiero a que en una vía de 40 km/h le han detectado a 60 km/h que es el límite justo para no perder puntos y sanción de 100/50€

Si le hubiese detectado a 61 km/h pasaría al siguiente tramo, que conlleva la detracción de 2 puntos y 300/150€

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...

RGUB

Buenas.

En referencia al margen de error en radares fijos y móviles.
En el 2015 DGT sacó una instrucción en la que se homogeneizaban los márgenes y se les comunicaba a otras administraciones dicho acuerdo.

Los márgenes según norma varían en función de la tipología de radar y de su antigüedad, reparación o verificación. Suelen rondar entre un 3% hasta un 7%, no obstante, cuando la captura se realiza a una velocidad hasta 100km/h se aplica sin porcentaje. Es decir que si el margen es de 5% y la captura es a una velocidad interior a 100km/h el margen es de 5km/h.

Ahora bien, según instrucción de la DGT se debe aplicar en todo caso el margen mayor de 7% o 7 km/h para velocidades inferiores a 100km/h.

La forma en la que debe aplicarse el margen de error en función de la escala en la que se encuentra la captura ya es otro tema. Lo digo porque viene siendo polémico la forma en la que se aplican los márgenes a partir del segundo tramo de sanción y en adelante.

Un saludo.

Motorista

Cita de: RGUB en Sábado 10 de Septiembre de 2022. 16:30 horas.Buenas.

En referencia al margen de error en radares fijos y móviles.
En el 2015 DGT sacó una instrucción en la que se homogeneizaban los márgenes y se les comunicaba a otras administraciones dicho acuerdo.

Los márgenes según norma varían en función de la tipología de radar y de su antigüedad, reparación o verificación. Suelen rondar entre un 3% hasta un 7%, no obstante, cuando la captura se realiza a una velocidad hasta 100km/h se aplica sin porcentaje. Es decir que si el margen es de 5% y la captura es a una velocidad interior a 100km/h el margen es de 5km/h.

Ahora bien, según instrucción de la DGT se debe aplicar en todo caso el margen mayor de 7% o 7 km/h para velocidades inferiores a 100km/h.

La forma en la que debe aplicarse el margen de error en función de la escala en la que se encuentra la captura ya es otro tema. Lo digo porque viene siendo polémico la forma en la que se aplican los márgenes a partir del segundo tramo de sanción y en adelante.

Un saludo.

Podrías pasar esa instrucción, mira yo realice las jornadas de operador hace año y medio y no hay ninguna referencia a dicha instrucción,  es más se aplica los porcentajes que CEM establece en los cinemometros, yo creo que es lo correcto además por que ante un contencioso no podemos defender un expediente por una decisión subjetiva de la administración, debemos de defenderlo con una base científica basada en pruebas metrologicas.

RGUB

Adjunto la instrucción de DGT relativa a la conocida en su día como "tolerancia 7", por si es de interés.

Saludos

Instrucción 15-TV-83radar.pdf

Motorista