Falsificación, sustitución, alteración u omisión de la placa matrícula de un veh

Iniciado por Dikxon, Martes 10 de Diciembre de 2019. 13:02 horas.

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Dikxon

Consulta Fiscalia, sobre la falsificación, sustitución, alteración u omisión de la placa matrícula de un vehículo a motor.

1.º La placa matrícula de un vehículo automóvil es documento de carácter oficial, a tenor del art. 26 del NCP.
2.º La falsificación o la alteración de la placa constituyen delitos de falsedad en documento oficial del art. 390.1.1.º del NCP.
3.º La sustitución de la placa es delito de falsedad en documento oficial del art. 390.1, en las modalidades falsarias de los apartados 1.º y 2.º del NCP.
4.º La omisión de la placa ha devenido en conducta atípica en el NCP; sancionable, en su caso, como infracción administrativa.
5.º Las anteriores consideraciones son extensibles a la falsificación de los números de bastidor o de motor que se reputan delito de falsedad en documento oficial.

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...


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