«Por las aceras solo pueden circular los peatones»

Iniciado por Dikxon, Sábado 29 de Diciembre de 2018. 20:48 horas.

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Dikxon

El fiscal de Seguridad Vial, sobre los patinetes: «Por las aceras solo pueden circular los peatones»


El cordobés Bartolomé Vargas recuerda que los conductores de estos vehículos, que ya han provocado 273 accidente con tres muertos, deben respetar las normas de tráfico


El «boom» de los patinetes eléctricos está obligando a los ayuntamientos a ordenar contrarreloj su uso en las ciudades. ¿Cuántos vehículos de este tipo hay ya en España? «Es muy difícil saberlo, pues la mayoría se adquieren sin control por internet», precisa el fiscal de Seguridad Vial, el cordobés Bartolomé Vargas. Algunas estimaciones cifran en más de 20.000 las unidades, particularmente en las grandes ciudades. Su creciente presencia en las zonas urbanas está provocando ciertas tensiones de movilidad que preocupa a los regidores.

El fiscal de Seguridad Vial tiene ya registrados 273 accidentes, con tres fallecidos, el último de los cuales se ha producido en La Rambla (Córdoba). Vargas es taxativo sobre el área de circulación de los patinetes: «Por las aceras y zonas peatonales solo pueden circular los peatones». Y avisa: «Cuando los conductores de bicicletas y patinetes circulen por las aceras ocasionando riesgos, las policías locales tienen facultades, valorando las circunstancias concurrentes, para la retirada del vehículo».

«Los patinetes son productos generadores de riesgos a los que se debe aplicar la legislación correspondiente»

-¿Cuántos patinetes podría haber ya en todo el país?

-Es muy difícil saber el número de patinetes eléctricos, pues la mayoría se adquieren sin control alguno por internet sin respetar la ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de información y del Comercio electrónico, existiendo webs en las que se indica cómo manipular el acelerador para que en lugar de circular con un máximo de velocidad de 30 kilómetros por hora, lo hagan a velocidad superior. Se encuentran circulando además vehículos que son verdaderos ciclomotores, sólo que sin matrícula ni seguro. Desde que se adquieren de este modo hasta que se usan nos hallamos ante una situación de alegalidad cuando no de ilegalidad que es preciso afrontar sin dilación. Aun cuando no exista normativa específica como vehículos en lo referente a su fabricación y comercialización, son productos industriales generadores de riesgos a los que se debe aplicar la legislación correspondiente, vigente para ellos, por las autoridades administrativas competentes de industria y consumo.

-¿Se desarrollará una normativa básica similar en todas las ciudades?

-Desde el momento en que circulan por las vías públicas a los conductores de patinetes eléctricos les es de plena aplicación la Ley de Seguridad Vial y Reglamento de Circulación, exactamente igual, en lo esencial, que a los demás conductores de vehículos. Deben respetar todas las normas de tráfico y señales de circulación, porque así se prescribe con claridad en ambos cuerpos legales. Es preciso educar y prevenir en este sentido y desde luego aplicarles las prescripciones legales. El patinete es una alternativa importante para satisfacer necesidades relevantes y exige simultáneamente la misma relevancia en la responsabilidad.

-¿Tendrán los ayuntamientos margen normativo para introducir variables propias?

-Según la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, las Ordenanzas tienen un amplio margen regulativo, propio del principio de autonomía local, pero no pueden contradecir la legislación estatal referida de seguridad vial. Deben utilizarse para la regulación, con estos límites, de la circulación de bicicletas y patinetes y la convivencia armónica entre todos y para tutelar el bienestar, la salud y el progreso económico y sociales que son los bienes jurídicos protegidos en la Movilidad Sostenible. Del 18 al 20 de febrero celebramos en Córdoba la Red de Fiscales especialistas en seguridad vial, de alta cualificación jurídica y científica que tengo el honor de dirigir, las Jornadas Anuales para un compromiso desde nuestras funciones en lo que es el presente y futuro de las ciudades españolas y europeas.

-¿Podrán transitar por las aceras?

-Es clara la ley vigente citada y la doctrina jurisprudencial del TS en el sentido de que por las aceras y zonas peatonales sólo pueden circular lo peatones. Son para la convivencia familiar, social y cultural, debiendo tener en cuenta en particular a los niños, personas de la tercera edad, discapacitados visuales y personas de movilidad reducida a los que causan intranquilidad y riesgos. Idénticas consideraciones para los ciclistas que cuando circulan por las vías públicas, deben someterse como los usuarios de patinetes eléctricos a todas las normas de seguridad vial.

-¿No conlleva más peligro que lo hagan por la calzada?

-Cuando los conductores de bicicletas y patinetes circulen por las aceras y zonas peatonales ocasionando riesgos, las policías locales, como les he indicado en una reciente comunicación, tienen conforme a la ley de Seguridad vial facultades, valorando las circunstancias concurrentes, para la retirada de la bicicleta o patinete y su depósito. La sanción administrativa posterior, conforme al principio de legalidad está sujeta al encaje en la normativa estatal y local. Es predicable lo anterior de la indebida circulación del patinete por vías interurbanas y en este sentido he formulado similares indicaciones a la Guardia Civil de Tráfico, Mossos de Squadra, Ertzaina y Policía Foral Navarra.

-¿Cuántos accidentes se han producido ya?

-Tras un oficio que envié a todas las Policías el 5 de noviembre, me han informado de al menos 273 accidentes, con tres fallecidos ya con este último de La Rambla y varios heridos graves. Es posible que la cifra sea muy superior, pues les he solicitado una información completa de atropellos a peatones con patinetes y bicicletas de los tres últimos años. Les he formulado indicaciones para que investiguen en profundidad estos accidentes, con criterios precisos acerca de cuando hay responsabilidad penal por delito de homicidio y lesiones imprudentes, sancionados con penas de prisión, en los atropellos a peatones por ciclistas y patinadores y en consecuencia para investigar y asegurar la responsabilidad civil, embargando en su caso los bienes del responsable. También la responsabilidad civil de ayuntamientos y empresas cuando se trata de uso compartido.

Fuente.-https://sevilla.abc.es/andalucia/cordoba/sevi-fiscal-seguridad-vial-sobre-patinetes-aceras-solo-pueden-circular-peatones-201812281124_noticia_amp.html
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...