Tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías por carretera

Iniciado por Dikxon, Sábado 29 de Diciembre de 2018. 20:10 horas.

Tema anterior - Siguiente tema

Dikxon

Tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías por carretera

Los tiempos de conducción y descanso se regulan en el Reglamento (CE) 561/2006 se aplican al transporte por carretera realizado por vehículos para el transporte de mercancías con una MMA, incluido remolque o semirremolque, que supere las 3,5 toneladas y al transporte de viajeros con vehículos construidos o adaptados permanentemente para más de nueve personas incluido el conductor y destinados a este fin.
La regulación en viajeros cuenta con algunas características propias que no son tratadas en este resumen.

Este Reglamento ha sufrido varias modificaciones, como la adoptada a través de la Directiva 2002/15/CE, que introdujo cambios en la definición de las actividades, o con el Reglamento 165/2014.
Por otra parte, el Real Decreto 1082/2014, estableció una aplicación específica de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados, que no se trata en este resumen.

El Reglamento (CE) 561/2006 se aplica, independientemente del país de matriculación del vehículo, a los transportes por carretera que se efectúen exclusivamente dentro de la Unión Europea, y entre los países miembros de la UE y Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein.
Este Reglamento (CE) 561/2006 también fija una serie de tipos de transporte que quedan eximidos de su cumplimiento, lista de exenciones que se completa en la normativa española con las contenidas en el Real Decreto 640/2007.

PAUSA: Una PAUSA es un periodo durante el cual el conductor no puede llevar a cabo ni conducción ni otros trabajos (como repostar gasóleo) y que es usado exclusivamente para su reposo. La pausa no puede ser interrumpida.

CONDUCCIÓN DIARIA: El TIEMPO DIARIO DE CONDUCCIÓN es el tiempo total de conducción acumulado entre el final de un periodo de descanso diario y el comienzo del siguiente periodo de descanso diario o entre un periodo de descanso diario y un periodo de descanso semanal.

CONDUCCIÓN SEMANAL Y BISEMANAL: El TIEMPO SEMANAL DE CONDUCCIÓN es el tiempo total de conducción acumulado durante una semana.
La semana empieza a las 00:00 del lunes y termina a las 24:00 del domingo siguiente.

DESCANSO DIARIO: TIEMPO DESCANSO es cualquier periodo ininterrumpido en el que el conductor puede disponer libremente de su tiempo.
Cuando se reemprende la actividad después de descanso semanal o diario, hay que completar un nuevo periodo de descanso diario antes de que transcurran 24 horas, contadas desde el final del descanso diario o semanal previo.

DESCANSO SEMANAL: Un periodo de DESCANSO SEMANAL es el periodo semanal durante el cual el conductor puede disponer libremente de su tiempo.

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...