¿Me pueden sancionar si no llevo luces en mi bicicleta?

Iniciado por Dikxon, Viernes 21 de Agosto de 2020. 16:47 horas.

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Dikxon

¿Me pueden sancionar si no llevo luces en mi bicicleta?

Utilizar las distintas luces del vehículo de forma correcta, cuando son necesarias, parece bastante evidente.  Los dispositivos de alumbrado y señalización suponen una medida de seguridad activa del vehículo y, como tal, debemos ser conscientes de su importancia. Pues bien, la bicicleta está sujeta a la regla: ver y ser visto por tratarse, también, de un vehículo mas. Pero, ¿qué tipo de alumbrado debe llevar una bicicleta y en qué casos debe utilizarse el mismo?

Un tema que, a pesar de que todos lo hemos estudiado para obtener el carné de conducir, con el tiempo se nos olvida. Pero el problema se presenta cuando circulamos en bicicleta por ciudad o practicamos deporte y se nos hace de noche. Si ya es complejo para un ciclista hacerse notar en determinadas circunstancias, más lo será si no ayudamos a la visibilidad de nuestra bicicleta.

Para conseguir que todos los ciclistas circulen bien visibles y seguros, existe una ley sobre tráfico y seguridad vial que contempla, en dos de sus reglamentos, la circulación de bicicletas. El Reglamento General de Vehículos, contempla sus dispositivos, alumbrado, luces y señalización. Y, por otro lado, el Reglamento General de Circulación, sobre el comportamiento de conductores, incluido, el de los ciclistas.

Ciclista: si ves de noche, irás más seguro

Si circulamos de día, no hay obligación de llevar luces en la bicicleta de forma permanente. El problema viene cuando cae el sol y de repente se hace de noche, es decir, cuando pasamos de un bonito atardecer a una penumbra incómoda o no se ve lo suficiente. Además, existen otras condiciones climatológicas adversas que también puede afectarnos como, por ejemplo, lluvia, niebla o polvo que dificulta nuestra visibilidad.

En ese caso, haber salido de día y con buen tiempo en bicicleta no nos sirve de excusa. La instalación de las luces en la bicicleta, si no vienen de serie, hay que llevarlas para curarnos en salud y evitar la sanción. El manual que leímos en su día, para sacarnos el carné de conducir, dice, como veremos mas adelante, que es obligatorio llevar alumbrado si se circula de noche y ser visibles a una distancia de 150 metros.

Así nos lo confirma, el Reglamento General de Circulación, para referirse al uso obligatorio del alumbrado (en su artículo 98.1): Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal 'Túnel' deben llevar encendido el alumbrado que corresponda de acuerdo con... (El artículo 22.4 del Reglamento General de Vehículos):

Las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luces de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.

Está claro que no llevar, al menos, las luces (delantera y trasera) cuando circulamos de noche en bicicleta puede ser una temeridad porque sería como circular a oscuras. Una inseguridad para el propio ciclista y para el resto de usuarios ante la escasa o nula visibilidad. Por eso, su incumplimiento está sancionado con multa de 80€ (40€ por pronto pago) y puede aplicarse tanto en ciudad como en carretera.

Ciclista: si no te ven, estás en  peligro

No es obligatorio ir provisto de prenda reflectante a plena luz del día. Pero, sí lo es cuando cae el sol, en pasos inferiores o túneles y en vías urbanas o interurbanas que no están iluminadas. No obstante, sean o no obligatorios los chalecos de alta visibilidad, está claro que nos sirven para una cosa fundamental: no pasar desapercibidos y ser vistos. Una prenda o ropa reflectante que puede llevar el ciclista en la ropa, brazos o piernas como, por ejemplo, brazaletes, tiras reflectantes o incluso zapatillas con reflectantes.

Por tal motivo, y siguiendo el artículo que mencionamos del Reglamento General de Circulación, se añade al uso obligatorio del alumbrado el siguiente apunte:

Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas llevarán, además, colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.

Si nos paramos a pensar en que no brillamos de forma natural en la oscuridad, y que como conductores reaccionamos según los estímulos luminosos, nos haremos una idea del peligro. Si es importante ver, no es menos el hecho de ser vistos. De hecho, en Francia se exige desde el 2008 a los ciclistas y posibles pasajeros un chaleco de alta visibilidad homologado cuando circulen de noche por carretera.

Siempre diremos que el elemento de serie más preciado para el conductor es su sentido común. El cuerpo del ciclista es su propia carrocería y el que recibe el golpe y posterior arrastre. Si no disponemos de ropa o elementos reflectantes (los catadióptricos suelen venir de serie en los pedales de la bicicleta), invirtamos un poquito de dinero en comprar un chaleco o, al menos, unas bandas reflectantes. Es por nuestra seguridad.

¿Sabemos las normas sobre la bicicleta?

El futuro viaja en bici: claves para la convivencia es una campaña de la DGT para concienciar sobre el uso de la bicicleta. Una de sus frases: Todos podemos aportar para mejorar la convivencia os la recordamos con éste vídeo. Una información que Circula Seguro quiere compartir nuevamente para seguir estando al día y para que haya respeto entre todos los usuarios de la vía.

Además, no está de más repasar algunas recomendaciones como, por ejemplo:

Los ciclistas son los usuarios de la vía más vulnerables y los conductores de los demás vehículos deben ser prudentes con sus conductas,
los ciclistas deben obedecer las mismas normas que otros vehículos y siempre vigilar por la seguridad de los peatones con los que interactúan,
los espacios para circular se hacen más seguros, siempre que haya carril bici utilizarlo, alejados de los coches y nunca circular por las aceras,
las bicicletas, al pertenecer al grupo de los ciclos, deben ir provistas de timbre y de un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las dos ruedas,
y, por último, conducir la bicicleta con alcohol o drogas en el organismo se puede sancionar con hasta 1000€ y usar cascos reproductores de sonido con 200€.

Gracias, Javier, por tu colaboración

Un artículo de:
Victoriano Flores Corzo
Fuente.-https://www.circulaseguro.com/me-pueden-sancionar-si-no-llevo-luces-en-mi-bicicleta/
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...