Saludos a todos.
Cuando el vehículo esté estacionado de forma permanente y durante un largo periodo de tiempo como, por ejemplo, una moto averiada en un garaje o un coche aparcado en la calle durante varios días, no tiene la consideración de hecho de la circulación, tal y como recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (EDJ 2014/60161).
Además, si se toma como un hecho de la circulación el estacionamiento, la denuncia que cabría es la de circular sin seguro...
Yo creo que habría que denunciar por residuos, ya que tampoco tiene sentido que un vehículo que no puede circular esté obligado a tener suscrito un seguro obligatorio que en ningún caso le cubriría ante cualquier incidencia.
Cuando el vehículo esté estacionado de forma permanente y durante un largo periodo de tiempo como, por ejemplo, una moto averiada en un garaje o un coche aparcado en la calle durante varios días, no tiene la consideración de hecho de la circulación, tal y como recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (EDJ 2014/60161).
Además, si se toma como un hecho de la circulación el estacionamiento, la denuncia que cabría es la de circular sin seguro...
Yo creo que habría que denunciar por residuos, ya que tampoco tiene sentido que un vehículo que no puede circular esté obligado a tener suscrito un seguro obligatorio que en ningún caso le cubriría ante cualquier incidencia.