A mi parecer habría que denunciar por los dos preceptos,14.1 positivo en drogas y que además produce falta de diligencia art 10. Una va con la otra.
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Mostrar Mensajes MenúCita de: Pixi en Martes 27 de Septiembre de 2022. 14:22 horas.Yo entiendo que el comunicado dice que será sancionable si una tercera persona sujeta el móvil en la oreja del conductor, pero y si va en altavoz? Se sanciona?Cita de: Dikxon en Miércoles 21 de Septiembre de 2022. 09:46 horas.INTERPRETACIÓN CORRECTA APLICACIÓN CODIFICADO POR USO TELÉFONO MÓVILDe esto deduzco que ya no vale cuando ves que su acompañante sujeta el teléfono móvil y poniéndose lo para que siga la llamada, denunciable por negligente, creo que todos hemos visto esta situación
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Cita de: pitutis en Domingo 13 de Marzo de 2022. 20:54 horas.Hola, en ATEX sólo figura la fecha de inicio (apartado I del PC), pero no la de caducidad (apartado H del PC), por lo que si no se tiene el PC delante habría que realizar gestiones para confirmar dicha fecha.
Ahora, estas placas tiene una validez de 10 o 60 días según el caso, por lo que una vez superado ese tiempo el PC estaría caducado y se denunciaría, como han dicho, por el artículo 42.1.5H del R.G.Veh., así como proceder a su inmovilización.
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