Debe de tener la documentacion que se le exige a cualquier vehiculo que fuera construido en españa, si nos referimos al articulo 26 del RGVeh, se establece que el conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos, en el apartado c viene la parte que nos interesa, c) En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente, si esto lo unimos al articulo 9 del mismo reglamento se regula en el punto 3 que las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I, por lo tanto deberia de obtener esa documentacion si no la tiene del fabricante