El distintivo «M» para conductores mayores, ¿es necesario?

Iniciado por Dikxon, Miércoles 18 de Noviembre de 2020. 18:43 horas.

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Dikxon

El distintivo «M» para conductores mayores, ¿es necesario?

Desde la reciente polémica petición de la fiscalía de Salamanca, sale a la luz la idea de crear un nuevo distintivo en el vehículo para conductores mayores. Una placa con la letra 'M', que se colocaría en la parte posterior izquierda del vehículo, para identificar a conductores que superen la edad de 65 o 70 años. Este aspecto se enmarca en el debate de la edad máxima para conducir, que vuelve a surgir cada cierto tiempo y no se termina de zanjar.

Pues bien, la idea propuesta sobre el distintivo o placa, sería similar a la 'L' que llevan los conductores noveles con menos de un año de permiso de conducir. Para el caso que nos ocupa, el nuevo mensaje sería el de advertir, al resto de conductores, que la persona que va delante es un conductor de avanzada edad. La idea no es mala pero, ¿suficiente?

Conductores mayores como factor de riesgo
En 2019, según datos la DGT, 491 de las 1.775 personas que fallecieron en accidentes de tráfico, tenían 65 años o más. Es decir, aunque sean también peatones, casi el 30% de los fallecidos por accidentes de tráfico, son mayores. Si a estos datos les añadimos los que maneja el Instituto Nacional de Estadística tras anunciar que uno de cada cuatro españoles tendrá más de 65 años en el año 2030, da para pensar una futura reforma. La mejora sobre la esperanza de vida no debería ser un factor de riesgo pero a la hora de ponerse al volante, puede que sí lo sea.

Los siniestros viales relacionados con personas mayores de 65 años están relacionados con problemas de atención o percepción y lentitud en las respuestas. Algunos siniestros suelen ser colisiones en cruces o intersecciones, causados principalmente por la falta de atención a las señales de tráfico y de respeto a la prioridad de paso. En otros supuestos, posiblemente, están relacionados con la falta de percepción por parte de conductores mayores y donde los siniestros suelen ser más graves. El caso del conductor de más de 80 años que atropelló con su todo terreno a un grupo de ciclistas, en tramo recto y de buena visibilidad, es un claro ejemplo.

Las revisiones médicas de conductores mayores, a debate
https://youtu.be/VIgkYpto918

El derecho de las personas a la libre circulación debe tenerse en cuenta, pero ante personas con demencia leve para tomar decisiones de forma autónoma, debe primar la seguridad vial. No podemos apartar la vista ante un familiar o amigo que tenga sus facultades mermadas y pretenda conducir. A la hora de conducir, ya sea por edad o por estado anímico, debemos estar siempre en un buen estado de salud físico y mentalmente. De ahí, que una puesta al día en la relación entre sanidad y los centros de reconocimiento de conductores mejoraría el control sobre los conductores mayores. Unas revisiones que no pueden servir de coladero, ni de mero trámite para obtener y renovar el permiso de conducir.

A los conductores mayores no se les exigen pruebas especiales a la hora de renovar su permiso de conducir. Para el caso del estudio sobre informes médicos anteriores a la revisión, los Centros de Reconocimiento de Conductores, no tienen acceso directo a esa información. ¿Qué supone para la seguridad vial el envejecimiento de la población? En dicho artículo sobre conducción y envejecimiento no sólo nos habla de la influencia en la seguridad vial sino que también ofrece recomendaciones a los conductores mayores. Por otro lado, en la web de la Fundación MAPFRE pueden encontrar todo tipo de consejos de seguridad dirigida también a nuestros mayores.

¿Hasta cuándo podemos conducir? Lo que dice la ley
El actual Reglamento General de Conductores, al tratar sobre la vigencia del permiso y de la licencia de conducción, no establece un límite de edad para poder conducir:

1. El permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tendrá un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.

2. El permiso de las clases restantes y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tendrán un período de vigencia de diez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de cinco años a partir de esa edad.

3. El período de vigencia de las diversas clases de permiso y licencia de conducción señalado en los apartados anteriores podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.

(.../...)

6. Asimismo, con independencia de lo dispuesto en los apartados anteriores, la vigencia de los permisos y las licencias de conducción estará subordinada a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.

Si damos un repaso a nuestra legislación, el derogado Código de la Circulación, en uno de sus artículos indicaba que sólo podían solicitar un permiso de conducción de segunda y tercera clase las personas comprendidas entre 18 y 65 años. Una limitación que se mantuvo hasta finales de los años 50 pero que fue derogada tras la demanda de conductores de más de 65 años que superaban las revisiones periódicas sobre su aptitud. Por tanto, a la pregunta, ¿hasta cuándo podemos conducir?. Pensamos que la fecha límite no debería depender de la edad cronológica, sino de la edad funcional y mental de cada persona.

Qué aporta el distintivo 'M' a la seguridad vial
La vigente Ley de Seguridad Vial no tiene en cuenta el progresivo envejecimiento de la población en España. El incremento de mayores y donde muchos de ellos han dejado de estar en condiciones de manejar un vehículo con seguridad sigue sumando. El problema es cómo asumir dejar de conducir y perder independencia. Una cuestión que se plantean las aseguradoras y empresas de alquiler de vehículos que no les queda otra que imponer sus propios criterios. Dejar de conducir, ya sea de forma voluntaria o impuesta, no tiene por qué estar asociado a una edad determinada.

En definitiva, si el derecho de las personas se ve reducido a la hora de tomar decisiones, ponemos en peligro no sólo nuestra propia vida sino también la del resto de usuarios. En todo caso, los profesionales de los Centros de Reconocimiento de Conductores tendrán la última palabra. Llevar una identificación (la placa 'M') sin más, no sería la solución ya que la edad de la persona no condiciona realmente su estado. Puede que la combinación entre unos exámenes psicotécnicos más exhaustivos junto a un examen de circulación a partir de una determinada edad puede que sea una fórmula acertada.


Un artículo de:
Victoriano Flores Corzo
Fuente.-https://www.circulaseguro.com/el-distintivo-m-para-conductores-mayores-es-necesario/
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...