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Mensajes - pitutis

#1
Adjunto Oficio de contestación de la DGT sobre duda planteada por la P.L. de Valencia, ACLARACIÓN DUDAS PERMISO CONDUCIR VEHÍCULOS L1e-A CICLOS DE MOTOR.
#2
RGCir. / Re:Romería (vehículos y restricciones)
Jueves 07 de Marzo de 2024. 22:08 horas.
Hola, no sé si esta directriz de la DGT puede ayudarte.

Un saludo.

#3
Resumen Jurisprudencial del año 2023 de la Unidad de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado.



RESUMEN JURISPRUDENCIAL SEG. VIAL AÑO 2023.pdf
#4
Oficio del Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial para los Fiscales Delegados de Seguridad Vial respecto a las STS sobre decimales en alcoholemias.


OFICIO STS DECIMALES FISCALES DE DELEGADOS DE SEGURIDAD VIAL.pdf
#5
COMUNICACIÓN DE LA FISCAL DELEGADA DE SEGURIDAD VIAL EN RELACIÓN CON LAS SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE EL REDONDEO POR MARGEN DE ERROR.
#6
Codificados de infracciones / Re:Codificado DGT (Actualizado 15/06/2022)
Lunes 23 de Octubre de 2023. 01:58 horas.
Cita de: joanvamo en Domingo 22 de Octubre de 2023. 11:18 horas.Buenos días, ¿sabéis si después del codificado de las infracciones de trafico de la DGT de junio de 2022 ha salido alguna actualización?

Hola, no, de momento ese es el último.
#7
Alcoholemia y drogas / Re:Alcoholemia y drogas.
Lunes 16 de Octubre de 2023. 10:47 horas.
Hola, así es, el resultado de la prueba es negativo al no llegar a 0,25 mg/l.
#8
DICTAMEN 1/2023 SOBRE LA REFORMA OPERADA POR LA LEY ORGÁNICA 11/2022, DE 13 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE IMPRUDENCIA EN LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR O CICLOMOTOR.

Citar1. INTRODUCCIÓN.
2. LOS NUEVOS TIPOS DE IMPRUDENCIA MENOS GRAVE DE LOS ARTS. 142.2 Y 152.2 CP: NOVEDADES EN LA CONCEPTUACIÓN DE LA IMPRUDENCIA MENOS GRAVE CON INFRACCIÓN GRAVE DE LA LSV.
2.1. INTRODUCCIÓN E ITER HISTÓRICO LEGISLATIVO.
2.2. ANÁLISIS DE LOS NUEVOS TIPOS DE IMPRUDENCIA MENOS GRAVE DE LOS ARTS. 142.2 Y 152.2 CP
2.2.1. Concurrencia de acción imprudente e imputación objetiva del resultado. Estructura del delito imprudente
2.2.2. Consecuencias aplicativas de la estructura del delito imprudente y de la imputación objetiva en la interpretación de los nuevos tipos de los arts. 142.2 y 152.2 CP
2.2.3. Clases de imprudencia: grave, menos grave o leve
3. MODIFICACIONES SOBRE LA PENALIDAD Y PERSEGUIBILIDAD DE LOS DELITOS DE IMPRUDENCIA MENOS GRAVE DE LOS ARTS. 142.2 Y 152.2 CP.
3.1. MODIFICACIONES EN LA PENALIDAD DE LOS DELITOS LEVES DE IMPRUDENCIA MENOS GRAVE DE LOS ARTS. 142.2 Y 152.2 CP.
3.1.1. Graduación de la pena de multa en el delito leve de lesiones por imprudencia menos grave del art. 152.2 CP en función del resultado lesivo.
3.1.2. Imperatividad de la pena de privación del derecho a conducir en los delitos leves de homicidio y lesiones por imprudencia menos grave de los arts. 142.2 y 152.2 CP.
3.2. MODIFICACIONES EN LOS REQUISITOS DE PERSEGUIBILIDAD DEL DELITO LEVE DE HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA MENOS GRAVE DEL ART. 142.2 CP.
4. MODIFICACIÓN DEL DELITO DE ABANDONO DEL LUGAR DEL ACCIDENTE DEL ART. 382 BIS CP.
5. LA REFORMA DEL ART. 85 DE LA LSV: INSTRUCCIÓN DE ATESTADOS.
6. CONCLUSIONES



#9
Temas Profesionales / Re:Propuesta retirada permiso conducción
Lunes 03 de Julio de 2023. 12:44 horas.
Muchas gracias por las respuestas, me han servido bastante.

Un saludo.
#10
Temas Profesionales / Propuesta retirada permiso conducción
Domingo 02 de Julio de 2023. 20:31 horas.
Buenas tardes, expongo un caso que tenemos en mi municipio:

Persona que conduce, a la cual le fue retirado el permiso de conducción, año 2021, por sentencia judicial por menos de 2 años (alcoholemia), una vez cumplida la condena esta debe realizar el curso de de reeducación y sensibilización, pero la misma no lo hace y cada vez que se le ve conducir se le para y se procede a denunciarle por no cumplir los requisitos exigidos (artículo 1.1 del R.G.Cond.), asimismo se le informa siempre que debe realizar el curso y que no puede seguir conduciendo, pero esta persona nos manifiesta que él va a seguir conduciendo, no va a hacer el curso y que no va a pagar las multas.

¿Cabría la posibilidad de realizar un informe a la JPT para que valorarán la posible retirada del permiso de conducir? o no valdría la pena y habría que seguir denunciando a esta persona por la infracción cometida.

Muchas gracias.
Un saludo.
#11
Temas Profesionales / Re:Consulta a Base DGT
Martes 27 de Junio de 2023. 20:46 horas.
Hola, comprobando el permiso en la base de la DGT, ya no sale nada en "Sanciones" (este usuario no tiene sanciones), por lo que han corregido lo que salía anteriormente.
#12
Temas Profesionales / Re:Adelantar la renovación de permiso de conducir
Viernes 09 de Junio de 2023. 11:59 horas.
Hola, la respuesta es sí, puedes solicitar la renovación con 3 meses de antelación y no pierdes días por hacerlo antes, puedes verlo en la página de la DGT.

https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/obtencion-renovacion-duplicados-permiso/renovacion-permiso-licencia/index.shtml

A la hora de renovar tu permiso:

- Dependiendo de tu edad y del tipo de permiso, el permiso tendrá un periodo de validez distinto.
- No es necesario realizar ningún examen, solo superar un reconocimiento médico.
- Puedes presentar la solicitud desde 3 meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia, siempre que no hayas perdido la vigencia de tu permiso por haber perdido todos tus puntos.
- Adelantar la renovación no supone que pierdas días de validez ya que la prórroga de tu permiso empieza a contar desde la fecha en que caducara el antiguo.
- Aunque ya haya caducado puedes seguir renovando tu permiso, pero es importante que tengas en cuenta que no puedes conducir mientras tengas el permiso caducado.
- Puedes consultar, de manera telemática, el estado de tramitación en el que se encuentra tu permiso.

Yo tenía que haberlo renovado en el mes de julio y lo hice en mayo, y me mantienen la fecha de la próxima renovación cuando me tenía que caducar, en julio.
#13
Temas Profesionales / Re:Controladores zona azul
Viernes 09 de Junio de 2023. 11:53 horas.
Hola, por ejemplo, en Madrid capital la mayoría de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo vienen resolviendo que las sanciones por denuncias de empleados del Servicio de Estacionamiento Regulado (S.E.R.) impuestas por el Ayuntamiento, en determinadas materias de tráfico (las que no son objeto de su labor de vigilancia), son nulas de pleno derecho si las mismas no van acompañadas de un soporte audiovisual que corrobore la infracción, en aplicación de la Ley de Capitalidad (Ley 22/2006, de 4 de julio), que considera a estos controladores personal auxiliar de la Policía Municipal, y que concretamente en su art. 44 dice:

1. El Ayuntamiento podrá nombrar personal auxiliar para controlar la adecuada utilización de las paradas de estacionamiento en la vía pública y denunciar las conductas contrarias a las normas que regulen su utilización.

2. Las denuncias realizadas por personal auxiliar, sin perjuicio de las formalidades y requisitos de procedimientos exigidos por la norma, serán utilizadas como elemento probatorio para acreditar los hechos objeto de las denuncias. Al expediente administrativo que pueda instruirse, se incorporará una imagen del vehículo, ya sea en fotografía, filmación digital u otros medios tecnológicos, que permitan avalar la denuncia formulada".
#14
Temas Profesionales / Re:Consulta a Base DGT
Domingo 04 de Junio de 2023. 14:48 horas.
Hola, esto es lo que dice exactamente:



pienso igual que tú, pero como dices no se puede asegurar nada, habrá que esperar entonces. La DGT tampoco me ha comunicado nada, sino que al hacer la actualización de la base han incorporado eso.

Gracias.
Un saludo.
#15
Temas Profesionales / Consulta a Base DGT
Domingo 04 de Junio de 2023. 00:20 horas.
Buenas noches, querría ver si alguien me podría decir que significa en el apartado "Sanciones" de la base de la DGT "Certificado negativo".

Es decir, he consultado la base y he visto que han actualizado la misma, y ahora en el apartado "Permisos", debajo de los permisos que se poseen viene el código de las restricciones (el que tenga), por ejemplo: Yo tengo que usar gafas o lentes de contacto para conducir, y aparece el apartado "Código de restricciones" 01 (si no estoy equivocado), pero luego vas al apartado "Sanciones" y pone "Certificado negativo" y una frase con el siguiente texto: "No se ha ... (se me ha olvidado esto último). Permiso desde: AM. Código: 01".

P.D.: Mañana pondré la frase que se me ha olvidado, aunque creo que es "No se ha interrumpido".

Gracias.
un saludo.