Actuación delante de un PNC anotado en el VECO como suspendido

Iniciado por rafabatua, Domingo 26 de Enero de 2020. 11:01 horas.

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rafabatua

Hola buenas, mi consulta se refiere en los siguientes supuestos:
1. PNC suspendido por via judicial, DELITO?
2. PNC suspendido via administrativa, llamese razon médica, etc. MULTA ADMINISTRATIVA?

La pregunta me trae dudas, ya que no es lo mismo pérdida de vigencia.

Un saludo.

RGUB

Buenas tardes.

Las suspensiones judiciales de -2 años serán delito durante el período de suspensión. Después puede haber infracción administrativa si no se ha realizado un curso de sensibilización.
Las de +2 años serán delito durante y también después en tanto que no recupere la vigencia que le fue retirada por el art 47 CP.

Las suspensiones administrativas por causa médica, una vez haya resolución definitiva, conllevaría sanción administrativa hasta que se recuperen los requisitos y se vuelva a autorizar la conducción.
Pueden darse casos que se suspenda por causa médica solamente alguna de las clases del permiso, por tanto deberá observarse si el vehículo que conduce está afectado por dicha suspensión.

Los casos de pérdida total de puntos conllevan una pérdida de vigencia administrativa. La conducción de vehículo a motor o ciclomotor en tal caso se trataría como un delito durante el período de suspensión y después de éste, hasta que se recupere la vigencia.

Un saludo.

Dikxon

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...