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Mensajes recientes

#1
Vehículos / Re:Actuación con Cuca Bike
Último mensaje por Paco Ortega - Hoy a las 20:39
En resumen para mi queda claro que es una EPAC y tambien creo que:
En una EPAC el motor se interrumpe cuando se alcance los 25 Km o el conductor deje de pedalear y en un CICLO de motor el motor se pone en marcha a mas de 25 Km y se interrumpe a 25 o menos y no hace falta ningun permiso de conducir para conducir el ciclo de motor.     
#2
Códigos electrónicos / Re:Código de Responsabilidad C...
Último mensaje por Dikxon - Ayer a las 16:14
El código «Código de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor» ha sido actualizado el 24 de abril de 2024,
por inclusión de las siguientes normas:
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
por exclusión de las siguientes normas:
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
#3
Temas Profesionales / Re:SUPUESTO PRACTICO GRANADA 2...
Último mensaje por lobula - Martes 23 de Abril de 2024. 11:18 horas.
Hola: a raiz de este video me surje una duda:
¿sigue siendo necesario tras la refomra de 2006 que en el transporte escolar se tengan cinturones de 3 anclajes en todos los asientos y alzas para los menores de 135 cms? o tras la modificación esa previsión ha quedado obsoleta?

Por favor me puede contestar alguien??

Un saludo y gracias de antemano.
#4
Vehículos / Re:Actuación con Cuca Bike
Último mensaje por TOLOMES - Lunes 22 de Abril de 2024. 18:02 horas.
Hay modelos homologados o certificados como una EPAC (por ej. Cuca Bike) que tienen la apariencia de un
ciclomotor, pero que sin embargo cumplen con la definición de bicicleta de pedaleo asistido. Incluso la normativa
permite que dispongan de un modo de asistencia en el arranque, pudiendo propulsarla a una velocidad de hasta 6
km/h sin que sea necesario actuar sobre los pedales (EN 15194 2018; párrafo 4.2.12 "Modo de asistencia en el
arranque".).
En estos modelos resulta relativamente fácil manipular el limitador de asistencia a la conducción para convertirlo en
un ciclomotor y así poder circular a 25 km/h o incluso a más velocidad sin tener que pedalear. Si el propietario de una
EPAC lo manipulase de esta forma y lo condujese careciendo de permiso AM, A1, A2 o B, podría incurrir en delito (art
384 CP).
#5
Vehículos / Re:Actuación con Cuca Bike
Último mensaje por Informador - Sábado 20 de Abril de 2024. 22:24 horas.
Buenas noches, las bicicletas EPAC se rigen según ley del BOE Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo donde indica en el apartado 8 del Anexo VI:

8. Asistencia eléctrica.–Se aplicarán los requisitos específicos del apartado 4.2 de la norma UNE-EN 15194.

Equivalencias internacionales:
EN 15194:2017 (Idéntico)

Otras versiones vigentes:
UNE-EN 15194:2018+A1:2024

Anulaciones:
Anula a: UNE-EN 15194:2009+A1:2012

el Certificado de fábrica de dicha bicicleta con asistencia de pedaleo eléctrica indica que cumple la norma:

EN 15194:2017, y esta es identica

tanto en la norma UNE-EN 15194:2018 como en la EN 15194:2017

indican la asistencia mediante un acelerador (botón, palanca o mecanismo de acción voluntaria) en el puño derecho, permite que la bici alcance hasta 6 km/h de velocidad máxima por acción voluntaria y, mantenida del usuario cuando conduzca sin pedalear.  Cumpliendo así la normativa de ciclos con asistencia eléctrica; Bicicletas EPAC  EN 15194 2018; parrafo 4.2.12 "Modo de asistencia en el arranque".

con lo cual cumple con la norma como bicicleta eléctrica EPAC

aquí hay información: https://www.canalciclismo.com/competicion/fichanoticia.asp?id=26595

y aquí la web de la empresa que las tiene a la venta: https://cucabike.com/pages/que-es-cuca-bike


Con todo esto quiero aclarar que el acelerador, boton, palanca o mecanismo, es legal mientras que la velocidad que alcance el vehículo sea de 6 km/h
quizás este detalle sea desconocido y se piense que no cumple como bicicleta EPAC, cuando la norma así lo indica

Saludos
#6
Temas Profesionales / Re:Temeraria por no guarda dis...
Último mensaje por sprint - Viernes 19 de Abril de 2024. 23:53 horas.
Golpear por alcance a otro vehículo, demuestra su conducción negligente por no
guardar la distancia de seguridad. Sentencia 42/10 FJ3.

La colisión por alcance es incuestionable. En estos casos la jurisprudencia civil y
penal es muy conocida y reiterada a salvo de prueba siquiera en contrario; quien
golpea por alcance a otro vehículo, demuestra su condición negligente por no guardar
la distancia de seguridad

DICTAMEN 2/2016 DEL FISCAL DE SALA COORDINADOR DE SEGURIDAD VIAL LA LEY ORGÁNICA 1/2015, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA EL CODIGO PENAL. LOS NUEVOS CONCEPTOS DE IMPRUDENCIA GRAVE Y MENOS GRAVE DE LOS ARTS. 142 Y 152 CP Y SU INCIDENCIA EN LA ACTUACIÓN ESPECIALIZADA DEL MF PARA UNA EFECTIVA PROTECCION PENAL DE LA SEGURIDAD VIAL
#7
Temas Profesionales / Re:Temeraria por no guarda dis...
Último mensaje por Currito - Viernes 19 de Abril de 2024. 16:20 horas.
NO
#8
Temas Profesionales / Temeraria por no guarda distan...
Último mensaje por EBN - Martes 16 de Abril de 2024. 21:27 horas.
Buenas Tardes! Me preguntan si hay alguna instrucción o circular con respecto a sancionar por temeraria la conducta de no guardar distancia de seguridad, forzando al vehículo a quitarse del carril. Hay algo al respecto?. Gracias
#9
Códigos electrónicos / Re:Código de la Guardia Civil....
Último mensaje por Dikxon - Martes 16 de Abril de 2024. 16:08 horas.
El código «Código de la Guardia Civil» ha sido actualizado el 16 de abril de 2024,
por modificaciones incorporadas en:
Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades
Octavo.
Octavo bis.
Orden PCI/346/2019, de 25 de marzo, por la que se establece el procedimiento y normas objetivas de valoración aplicables a los procesos de evaluación en la Guardia Civil
Artículo 15. Ascenso a cabo por el sistema de concurso-oposición.
por inclusión de las siguientes normas:
Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios
#10
Vehículos / Matrículas rojas vehículos de ...
Último mensaje por BALARRASA - Martes 16 de Abril de 2024. 13:07 horas.
Buenas,despues de haber prestado servicio en un Rally observe a varios vehículos con placas de matricula rojas con la letra "S" después de buscar información sobre en qué casos se pueden utilizar las placas rojas,creo que la utilización de esa placa no ampara a esos vehículos para competir en el rally A ver si alguien tiene la amabilidad de arrojarme un poco de luz en este tema. Muchas gracias.
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