Cita de: Dikxon en Lunes 19 de Febrero de 2024. 19:54 horas.@Dante76 te entiendo, y entiendo lo que expones, pero ya te digo que mejor no remover el avispero.Totalmente de acuerdo contigo @Dikxon. Un saludo y gracias por responder
La prueba de alcoholemia es una prueba preconstituida y todo lo que no sea realizado en el momento próximo a la incidencia (control, accidente, etc), queda en papel mojado.
El contraste se le tiene que ofrecer, y pensarás que ya se le ofreció al confeccionar la denuncia, y el administrado rechazó el mismo, pero en vía administrativa. Ahora dirá que de haber sabido que era delito, si hubiera querido contraste, por ejemplo, alegando que las tasas son próximas a la línea que separa la vía administrativa de la penal. (Cualquier abogado de primero de carrera tumba ese atestado)
Además, la DGT también podría paralizar el expediente de oficio y remitirlo a fiscalía, y fiscalía proceder a citar a los agentes denunciantes para que den las oportunas explicaciones al observar delito... etc...
Cita de: fjoseu en Lunes 19 de Febrero de 2024. 15:34 horas.Estoy con DIKXON, la "cagada" esta en el momento de que paga la sancion, haciendo firme esta en ese momento, ya no puedes "denunciar" dos veces por la misma cosa, otra cosa hubiera sido que no se pague e instruir ambas vias a la vez, es decir, la via penal por un 379.2 adjuntando la denuncia administrativa en el atestado e informando al denunciado que hasta resolucion penal no debe de hacer nada con ella, al igual que oficio a la JPT estableciendo inicio de la via penal.Como todos sabemos una persona no puede ser sancionado dos veces por el mismo hecho, en este caso seria haber pagado la denuncia y además que te condenaran por sentencia judicial. Pero claro.... A lo mejor lo que podría hacer el Juez, sabiendo que ya ha sido sancionado administrativamente, es suspender la denuncia administrativa, ordenar que le devuelvan el importe pagado, la retirada de puntos y empezar entonces la vía penal. Pregunto, es una duda que tengo....
Pero en ese caso, pagado=firme, no hay nada mas
CitarCONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN
➢Circulación de euromodular de 25,25 m
➢Autorizaciones de pruebas y ensayos para fabricantes
➢Nueva instrucción de la DGT MOV 2023/28: Nuevas autorizaciones para euromodulares
➢Condiciones de circulación
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