Imprudencias y delito abandono del lugar del accidente.
La presente Ley Orgánica responde a una importante demanda social, ante el incremento de accidentes en los que resultan afectados peatones y ciclistas por imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor, y se asienta sobre tres ejes:
1° La introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, así como una interpretación auténtica de la imprudencia menos grave.
2° El aumento de la punición de este tipo de conductas.
3° La introducción del delito de abandono del lugar del accidente.
(https://i.postimg.cc/13j3mQv2/descarga-aqu.gif)