Cita de: thetrooper69 en Miércoles 05 de Agosto de 2026. 15:29 horas.ADJUNTO INSTRUCCION DE LA DGT
No me fio de esta instrucción, ya la tenía pero lo la he publicado porque va sin firmar y es raro....
la tengo en standby

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Mostrar Mensajes MenúCita de: thetrooper69 en Miércoles 05 de Agosto de 2026. 15:29 horas.ADJUNTO INSTRUCCION DE LA DGT

Cita de: BALOTELLI en Jueves 09 de Julio de 2026. 07:08 horas.Buenos días, quería aclarar algunas dudas acerca de una intervención producida con ese tipo de vehículo.Según lo que comentas, los únicos de esa marca con certificado son:
Se trata del Kukirin g2 master, en la web oficial lo anuncia como scooter eléctrico, no está homologado como VMP / VPL, CHINA EXPORT, supera los 70 hasta 80 km/h, tiene dos motores de 1000 w, que se desconecta y conecta single-dual pudiendo quedarse limitado a 16-25 km/h.
Bajo mi punto de vista, reúne todos los requisitos para poder catalogarlo como ciclomotor / motocicleta (no lleva asiento). Entonces en la conducción tendríamos en cuenta, posesión de permiso de conducir de la clase que sea, y demás documentación del vehículo.
Se debería, en caso de carecer de permiso, realizar informe pericial para demostrar su asimilación a ciclomotor / motocicleta, apoyado con informe de ITV, y demás diligencias.
A la espera de contestación de si alguien ha intervenido con este aparato y modo de proceder.
Un saludo gracias.

Cita de: isaacmk4 en Martes 12 de Mayo de 2026. 13:00 horas.buenas. esta anotacion denegatoria, implica denuncia administriva. bien, por el RGCON 1.1.5A o el 1.1.5D?Por ninguno de esos, es por el 73-2-5A de la LSV
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