Cita de: Reckless en Miércoles 30 de Junio de 2021. 00:01 horas.Lo entiendo igual porque el reparado o modificado pasará los mismos controles que el nuevo. En cuanto al informe al que te refieres, no recuerdo ahora si la regulación anterior se sigue aplicando para los verificados antes de la entrada en vigor de la ICT 155/2020, o sigue afectando a los puestos en servicio antes de esa ICT.
En cualquier caso, entiendo que un etilómetro con menos de un año de antigüedad, se permitiría un EMP de 5% o 0,002, el de mayor rango. Pero a diferencia de la ITC anterior, uno REPARADO o MODIFICADO aun teniendo mayor antigüedad del año, seguiría manteniendo otro año ese EMP. Sólo los verificados sin más tienen el 7,5% o el 0,003. ¿Es así?
Luego está el informe del CEM a la Fiscalía, con respecto a los etiómetros verificados antes de la entrada en vigor de la ICT 155/2020, que mantienen la anterior regulación.
Para calcular EMP en base a ITC 3707/2006, sigue estando activa la calculadora anterior en https://causadirecta.com/especial/centro-de-calculo/calculo-del-error-maximo-permitido-emp-en-alcoholemia-itc-3707-2006