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Mensajes - Dikxon

#2146
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil apuesta por la tecnología híbrida de Toyota


La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) ha adquirido cuatro unidades del Toyota Prius, el pionero de la tecnología híbrida que fue lanzado hace más de 20 años y que ahora, por primera vez, prestará servicio en las carreteras españolas.


Los cuatro Toyota Prius, ya entregados por Toyota España a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, han sido adaptados para que puedan llevar a cabo todas las labores que se les asignarán. De esta forma, cuenta con el kit policial uniformado reglamentario, incluido el sistema de iluminación sobre el techo, y ha sido vinilado con el nuevo diseño de imagen corporativa que distingue a los vehículos de la Guardia Civil que patrullan por las carreteras.

La ATGC se ha decantado por la tecnología híbrida de Toyota, y en concreto por la cuarta generación del Toyota Prius, por su eficiencia, reducido consumo de combustible y sostenibilidad medioambiental.

En concreto, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil justifica la adquisición de los cuatro Prius señalando que, en su actividad, resulta imprescindible la reducción de emisiones de gases contaminantes y una mejor eficacia en el consumo de combustible, así como la menor contaminación acústica, ya que el motor híbrido es mucho más silencioso que el convencional.

De esta forma, la tecnología híbrida de Toyota ayudará a la ATGC a reducir el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente gracias a las reducidas emisiones que garantiza el sistema híbrido Full Hybrid de Toyota. Los cuatro nuevos Toyota Prius, que se incluyen dentro de la categoría de «Automóviles Ecoeficientes» de la Guardia Civil, prestarán servicio en diversos sectores y serán utilizados para diferentes funciones por parte de los agentes de la ATGC.

Asimismo, una de estas nuevas cuatro unidades del Toyota Prius de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se expondrán en el próximo Salón Internacional de Seguridad (SICUR) 2018, que se celebrará en el Recinto Ferial Ifema de Madrid, los próximos días 20, 21, 22 y 23 de febrero. El nuevo Prius de la ATGC estará expuesto en el stand de la Guardia Civil en SICUR durante los cuatro días del evento.

Fuente.-http://www.abc.es/motor/reportajes/abci-agrupacion-trafico-guardia-civil-apuesta-tecnologia-hibrida-toyota-201802200212_noticia.html
#2147
Herido un agente de la Guardia Civil de Tráfico de Utrera por la imprudencia de un conductor


Un agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil del destacamento de Utrera ha resultado herido en acto de servicio este pasado domingo cuando transitaba por las carreteras que conducen a la localidad vecina de El Coronil.


El suceso acaeció el pasado domingo sobre las 13:30 horas cuando el agente se encontraba de servicio y estaba realizando con su motocicleta la maniobra de adelantamiento un vehículo. El coche no se percató de la maniobra y se dispuso a adelantar al vehículo que le precedía por lo golpeó la motocicleta y el agente de la Guardia Civil, nacido y con destino en Utrera, se debió de arrojar de la motocicleta para evitar la colisión con el 'quitamiedos'.

Como consecuencia del impacto con la carretera el agente de la Guardia Civil accidentado se le ha tenido que escayolar el pie y sufre diversas heridas en una mano que probablemente necesiten de operación quirúrgica.   

Fuente.-http://www.utreraweb.com/noticias-de-utrera/local/8842/Herido-un-agente-de-la-Guardia-Civil-de-Trafico-de-Utrera-por-la-imprudencia-de-un-conductor-/
#2148
Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017), adoptadas en Ginebra el 3 de julio de 2017.

Se introducen las siguientes enmiendas al Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 106, de 4 de mayo de 2017, con corrección de errores en el «Boletín Oficial del Estado» número 150, de 24 de junio de 2017:

ANEXO III.

Capítulo 3.2, tabla A, lista de mercancías peligrosas:

N.º de ONU 2908, columna (6), añadir: 368.

N.º de ONU 2913, columna (6), añadir: 325, suprimir: 336.

N.º de ONU 3326, columna (6), añadir: 326, suprimir: 336.

Capítulo 5.2, apartado 5.2.1.9.2, en el último párrafo, después de «sobre fondo blanco» añadir «o de un color que ofrezca un contraste suficiente».

Capítulo 6.1, apartado 6.1.3.1 d), al final del primer párrafo, sustituir «decena más próxima» por «decena inferior».

Capítulo 6.4, apartado 6.4.2.11, sustituir «4.1.9.1.10» y «4.1.9.1.11» por «4.1.9.1.11» y «4.1.9.1.12».

Capítulo 6.8, apartado 6.8.2.4.3, sustituir el penúltimo párrafo por: «Para las cisternas provistas de dispositivos de respiración y de un dispositivo propio para impedir que el contenido se derrame fuera si la cisterna vuelca, la prueba de estanqueidad deberá ser efectuada, a una presión, al menos, igual al valor más elevado entre la presión estática de la materia más densa a transportar, la presión estática del agua y 20 kPa (0,2 bar).».

Capítulo 9.2, apartado 9.2.1.1, tabla, para la entrada referente al apartado 9.2.2.6, segunda columna, sustituir «Conexiones eléctricas» por «Conexiones eléctricas entre los vehículos a motor y los remolques».

Columna de Observaciones, epígrafe «c», sustituir el texto existente por: «c) Aplicable a los vehículos tractores de una masa máxima superior a 3,5 toneladas, destinados a traccionar remolques de una masa máxima superior a 3,5 toneladas, matriculados por primera vez (o puestos en servicio, en el caso en que la matriculación no sea obligatoria) después del 31 de marzo de 2018.»

Para la entrada referente al apartado 9.2.5, en la segunda columna, sustituir «Dispositivos» por «Dispositivo».

Capítulo 9.2, apartado 9.2.2.6.2, en el primer guión, sustituir «EN 15207:20141» por «EN 15207:2014».

* * *

Las presentes enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 3 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.

Madrid, 13 de febrero de 2018.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

#2149
Una frase de la Guardia Civil permite absolver a un conductor cazado a 228 kilómetros por hora

"¿Sabe usted por qué le hemos parado?". Por esa frase pronunciada casi a modo de saludo por un agente de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, en apariencia inocente —o más bien por el momento en que fue pronunciada— la Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a Alfredo F. M., el conductor de un Volkswagen Golf que, en junio de 2017, fue cazado por un radar a 228 kilómetros por hora en la autovía A-62 a la altura de Carpio de Azaba.

El tribunal, aunque acepta que el acusado circulaba a esa velocidad excesiva, ha anulado la condena de 1.620 euros de multa y dos años de retirada del permiso de conducir que le fue impuesta en un juicio rápido celebrado en agosto. La principal prueba de cargo contra él fueron precisamente las respuestas vagamente autoinculpatorias que dio a esa pregunta de los agentes, que creía inocua. El conductor temerario, que no viajaba con su abogado, sino que llevaba al lado a su pareja, fue detenido en la misma autovía una hora y diez minutos después de que el radar móvil de la Guardia Civil lo detectara, y a 40 kilómetros del lugar de la infracción. Una carrera ciclista que se celebraba en la zona tenía ocupados a casi todos los efectivos del instituto armado, por lo que no se le pudo parar antes.

En un arcén de la A-62 a la altura de Martín de Yeltes (Salamanca), Alfredo F. M., mayor de edad y sin antecedentes, recibió el alto y escuchó la consabida pregunta: "¿Sabe usted por qué le hemos parado?". Según relataron los agentes en el juicio rápido, el conductor contestó entonces que "más o menos" lo sabía y que les había visto estacionados en el punto donde tenían el control. También asumió que él conducía el vehículo en todo momento e incluso les preguntó por la posible sanción que su exceso de velocidad —108 kilómetros por hora superior al límite— podría acarrearle.

Sin embargo, no fue hasta después de esta conversación más o menos informal cuando los agentes detuvieron a Alfredo F. M. como presunto autor de un delito contra la seguridad del tráfico y le informaron de sus derechos. Solo entonces el acusado se acogió a su derecho a no declarar ante la Guardia Civil.

Ya en el juicio, en el que estuvo asistido por el letrado Jesús Ángel Lorenzo González, del despacho madrileño Aboga2, Alfredo F. M. negó ser el conductor del vehículo en el momento en que este fue cazado por el radar móvil de la Guardia Civil, y aportó una declaración firmada por su pareja en la que esta aseguraba que ambos condujeron el Golf tanto en el viaje de ida como en el de vuelta. Según el letrado, tras rebasar Carpio de Azaba —según el radar, a 228 kilómetros por hora—, los ocupantes del coche se detuvieron a descansar en Ciudad Rodrigo, donde hubo "un cambio de conductor".

El radar captó la descomunal velocidad, pero no el rostro del piloto. Como prueba de quién iba al volante al pasar el control de Carpio de Azaba quedaban únicamente las respuestas de Alfredo F. M. a los guardias que le pararon. Y aunque el primer magistrado les dio validez en el juicio rápido y sobre ellas condenó al conductor, la Audiencia Provincial de Salamanca las anuló y lo absolvió.

"Interrogatorio e inquisición"
El tribunal de apelación, apoyándose en numerosa doctrina reciente del Supremo, considera que se vulneró la presunción de inocencia del conductor. "Fueron los guardias civiles los que dieron pie al investigado a que respondiese como respondió por medio de la pregunta previa que le hicieron" señalan los magistrados. Según la sentencia, los agentes "iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos (...) que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado". Al no haberse hecho así, el resultado de dicha investigación es nulo, afirma el fallo, del que ha sido ponente José Antonio Vega, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca.

La anulación de esta prueba hace que el tribunal absuelva a Alfredo F. M en virtud del principio "in dubio pro reo" [ante la duda, a favor del acusado]. La Audiencia, aunque mantiene su convencimiento de que él era el infractor, considera que exigirle que identificara al otro posible conductor equivale a hacerle probar su inocencia para no ser declarado culpable, lo que atenta contra el principio constitucional de presunción de inocencia. Además, sostiene que los 70 minutos y los 40 kilómetros transcurridos entre que lo detecta el radar a velocidad excesiva y es detenido es "tiempo y espacio más que suficiente para admitir como posible (...) que en el momento de la infracción el vehículo pudo haber sido conducido tanto por el investigado, como la persona que le acompañaba, o incluso por un tercero no identificado".

Fuente.-https://politica.elpais.com/politica/2018/02/19/actualidad/1519001198_301466.html
#2150
El detalle en las multas de la DGT que hace que te devuelvan la sanción: hay 10.000 casos

La Justicia condena a la DGT a la devolución de los mismos tras anular Hacienda de forma previa una sanción


El Juzgado de lo Contencioso administrativo número 21 de Madrid ha condenado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a devolver los puntos detraídos a un automovilista al que Hacienda anuló de forma previa una multa al estar mal notificada. Un precedente que queda sentado y que podría tener una repercusión a corto plazo, ya que permitirá a unos 10.000 conductores recuperar los puntos que tanto Tráfico como los ayuntamientos les retiraron por multas mal tramitadas.

Así lo recoge la plataforma Automovilistas Europeos Asociados (AEA). En el caso en particular, el sancionado fue asistido desde el primer momento por sus letrados. Inició el procedimiento tras una reclamación ante Hacienda por una multa de 240 euros que se le reclamaba con recargo y que nunca había llegado a su conocimiento.

En un primer momento se denegó la reclamación al haber sido publicada en el Tablón de Sanciones de Tráfico (TESTRA) a pesar de que el reparto de correo confirmó que nunca se llegó a entregar "por ausencia en horas de reparto". El problema fue que la dirección a la que fue enviada no era la indicada por el interesado.

Fue el Tribunal económico administrativo regional de Madrid quien sí aceptó la reclamación. Se solicitó la devolución de los puntos en base a la resolución del TEAR, algo a lo que se negó la Jefatura provincial de Tráfico de Madrid al argumentar que Hacienda "no tiene facultad revisora de la competencia sancionadora en materia de tráfico", según recoge 'El Economista'. ¿A qué velocidad te multa un radar? La Guardia Civil lo explica.

Finalmente, la multa quedó anulada y el siguiente paso fue suspender la detracción de puntos. Un caso que se debió dirimir en los tribunales y que se resolvió a favor del sancionado. "A partir de ahora, si una multa no está bien notificada no solo hay que anular la parte económica de la sanción", reconocen desde la plataforma.

Fuente.-http://www.ideal.es/sociedad/detalle-multas-devuelvan-dgt-sancion-20180219113723-nt.html
#2151
AL DIA / "No hay mejor medalla que el compañerismo"
Domingo 18 de Febrero de 2018. 20:19 horas.
"No hay mejor medalla que el compañerismo"

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil homenajea a los agentes que han estado desplazados en Cataluña minutos antes de dar la salida a la etapa de la Vuelta Ciclista a Andalucía
https://www.youtube.com/watch?v=z0xJyK3ugqk

Un reconocimiento espontáneo, sencillo y emotivo. Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, a propuesta de un agente, ha querido homenajear en la mañana de este sábado a sus compañeros que han estado desplazados en Cataluña estos últimos meses. En concreto, a los que forman parte del Grupo Rural de Seguridad II con sede en la Comandancia de Montequinto.

"A veces no sabemos cómo agradecer los servicios. Por eso simplemente con un gracias de corazón, un aplauso y un sentimiento muy emotivo queremos tener en cuenta todo lo que habéis hecho por nosotros. No hay medalla más grande que el compañerismo y el valor y derramar todo lo que habéis derramado por nosotros. No vais a poder poneros en el pecho estas palabras, pero guardarlas en el corazón". Éstas han sido algunas de las palabras dirigidas por un agente de Tráfico a sus compañeros.

El acto ha tenido lugar minutos antes de que el dispositivo de seguridad diera la salida a la etapa de la Vuelta Ciclista a Andalucía que ha partido esta mañana de la Plaza de España.

Fuente.-http://www.diariodesevilla.es/sevilla/mejor-medalla-companerismo-guardiacivil-cataluna-homenaje_0_1219378807.html
#2152
Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece, en su artículo 49.1, que las cuantías indemnizatorias del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año, en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Debido a que la Ley de Presupuestos no ha sido aprobada antes del primer día del presente ejercicio económico, el Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre, sobre revalorización de pensiones de Clases Pasivas, de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2018, establece, en su artículo único, una revalorización de las pensiones del 0,25 por ciento.

Tomando en consideración la disposición anterior y en aplicación del artículo 49.3 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,

Esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su sitio web http://www.dgsfp.mineco.es/, las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2018 revalorizadas en el 0,25 por ciento.

Madrid, 31 de enero de 2018.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.

#2153
Un guardia civil se dio de baja dos años y se los pasó trabajando como transportista

El Tribunal Militar Central le condena a tres años de suspensión de empleo y sueldo y le reprime porque puso en juego su imparcialidad, su independencia y su honestidad

El guardia civil José L. R. C. trabajaba en la Agrupación de Tráfico de Valladolid allá por 2010. Sin embargo, un contratiempo provocó que tuviera que darse de baja del servicio. Lo hizo, en concreto, el 16 de junio de ese mismo año. El funcionario aparcó el vehículo con la que venía recorriendo las vías públicas de la zona, colgó sus botas, se quitó el uniforme, dejó su arma y se calzó la ropa de calle para prepararse para pasar un tiempo alejado de la corporación, aunque no de las carreteras.

De hecho, estuvo casi dos años en esta situación, de baja laboral. Hasta abril de 2012. Sin embargo, durante este periodo José no quiso permanecer parado, sin hacer nada. Decidió aprovechar los meses. Al poco tiempo de darse de baja, aceptó un trabajo en la empresa de transportes vallisoletana Jesús Linares Juárez. Comenzó a operar como conductor para esta mercantil. El guardia civil llevó a cabo "servicios de manera regular y cotidiana", según recoge la sentencia del Tribunal Militar Central que mantiene la condena de tres años de suspensión de empleo y sueldo para el agente que le había impuesto el Ministerio de Defensa.

En concreto, José se dedicó a recoger medicamentos de la Cooperativa Farmacéutica de Zamora y Valladolid (Zacofarva), que subcontrató el servicio de distribución a la mencionada empresa de transportes de la que dependía el funcionario, y a repartirlos por diversos establecimientos de la zona. Esa era su labor dentro de la nueva sociedad a la que pertenecía. El agente estuvo haciendo este trabajo entre junio de 2010 -justo cuando acababa de darse de baja- hasta abril de 2012.

Sin embargo, no fue hasta dos años más tarde cuando el director general de la Guardia Civil le impuso la sanción de tres años de suspensión de empleo y sueldo, decisión que llegó al afectado el 7 de febrero de 2014. El agente recurrió, pero el ministro de Defensa volvió a fallar contra él, por lo que este no tuvo más remedio que acudir a la justicia castrense, que es la competente para resolver estos contenciosos de guardias civiles y que también le han dado la espalda a este funcionario.

El Tribunal Militar Central da por válidos los testimonios de tres trabajadores de la empresa de transportes que aseguraron que veían a diario al guardia civil de baja. El jefe de almacén explicó durante su declaración judicial que le veía habitualmente y que se encargaba de llevar medicamentos. Además, indicó el apellido del acusado, que era como le llamaban habitualmente en la sociedad. En la misma línea, el jefe de administración de la cooperativa indicó igualmente su nombre y apellidos y su función. Añadió además que le conocía personalmente. Lo mismo que aseguró otro empleado de Zacofarva, que subrayó que era normal ver por allí al agente, cargar la furgoneta con la mercancía e irse a repartirla.

El alto tribunal castrense considera estos testimonios así como la documentación aportada por la cooperativa y la Seguridad Social, que confirman que el guardia civil había sido contratado e incluso dado de alta por la mercantil de transportes, como pruebas suficientes "para vencer la presunción de inocencia" y condenar al funcionario a la pena que le había impuesto la vía administrativa. "De las diligencias legítimamente realizadas se deriva que José L. R. C. estuvo trabajando mientras se encontraba de baja para el servicio entre junio de 2010 y abril de 2012, tiempo en el que estuvo dado de alta en la Seguridad Social en una empresa de transportes y trabajando para una cooperativa farmacéutica".

La sentencia responde asimismo a la alegación que hizo el agente, quien adujo que su actuación como transportista no influía en sus funciones ni en modo alguno comprometía su imparcialidad o independencia como miembro de las fuerzas de seguridad. La resolución sostiene, en este contexto, que el guardia civil no cumplió con la normativa de incompatibilidades. Estas, explica citando una sentencia del Tribunal Supremo, "sirven para reforzar la credibilidad de las personas que desempeñan funciones públicas". "La imparcialidad e independencia en la gestión y la imagen pública de la Guardia Civil son los principios informantes de la normativa", añade al tiempo que destaca "el componente ético", la "honestidad profesional" y la "relación de lealtad" como conceptos que se ponen en juego en decisiones como la tomada por el agente.

Fuente.-https://www.elconfidencial.com/espana/2018-02-17/un-guardia-civil-se-dio-de-baja-dos-anos-y-se-los-paso-trabajando-como-transportista_1523090/
#2154
Escrito DGT sobre denuncias por agentes NO encargados de la vigilancia del tráfico
#2155
Instrucción DGT 12/V-99 Autorización complementaria de los trenes turísticos expedida por la Jefatura Central de Tráfico

#2156
DGT / Instrucción DGT 11/V-87 Sustitución de placas de matricula antiguas.
Viernes 16 de Febrero de 2018. 13:27 horas.
Instrucción DGT 11/V-87 Sustitución de placas de matricula antiguas.
#2157
DGT / Escrito DGT Señal V-1 Azul Vehículos Forestales
Viernes 16 de Febrero de 2018. 13:25 horas.
Escrito DGT Señal V-1 Azul Vehículos Forestales
#2158
DGT / Escrito DGT sobre fraude canje permisos extranjeros
Viernes 16 de Febrero de 2018. 13:23 horas.
Escrito DGT sobre fraude canje permisos extranjeros
#2159
Instrucción DGT 11/S-126.- Utilización del aseo por los viajeros de autobuses equipados con este servicio
#2160
Instrucción DGT 11/S-125.-Asunto: Señal V-24 y circulación de las grúas de servicio de auxilio en carretera.