RD 885/20 puesta en servicio placas matrícula vehículos a motor y remolques

Iniciado por Dikxon, Viernes 23 de Octubre de 2020. 18:25 horas.

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Dikxon

Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

El Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, establece como requisito para la circulación de vehículos a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, la obligatoriedad de llevar placas de matrícula. Se especifica en el citado reglamento la necesidad de que las placas de matrícula se correspondan con tipos homologados.

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...