¿Qué conductores están obligados a estar en posesión del CAP?

Iniciado por Dikxon, Martes 07 de Mayo de 2019. 20:44 horas.

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Dikxon

¿Qué conductores están obligados a estar en posesión del CAP?

Como norma general, el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) es obligatorio para los conductores de vehículos para cuya conducción sea necesario estar en posesión de alguno de los permisos C1-C1+E-C-C+E-D1-D1+E-D-D+E

No obstante, dicha obligación no será de aplicación a los conductores de los siguientes vehículos:


Citar-Aquellos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 45 kilómetros por hora.
-Los que se utilicen por los servicios de las Fuerzas Armadas, protección civil, bomberos y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, o bajo el control de las mencionadas fuerzas y organismos.
-Los que estén siendo sometidos a pruebas en carretera para fines de mejora técnica, reparación o mantenimiento, o bien sean nuevos o transformados y aún no se hayan puesto en circulación.
-Los utilizados en situaciones de emergencia o que se encuentren destinados a misiones de salvamento.
-Los utilizados en las clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción o del certificado de aptitud profesional.
-Los utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancías.
-Los utilizados para realizar transporte privado complementario en los que exclusivamente se transporte material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente su actividad principal.
-Los utilizados en servicios de ambulancias de emergencia.
-Aquellos que lleven unidos de forma permanente máquinas o instrumentos tales como los destinados a grupos electrógenos, grúas de elevación, equipos de sondeo, etc., constituyendo dichas máquinas o instrumentos el uso exclusivo del vehículo.
-Transportes realizados íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas del transporte terrestre.
-Transportes de basuras e inmundicias de carácter doméstico realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello o que, en cualquier caso, hubiesen sido adquiridos con este fin por la correspondiente Entidad local.

Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...