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Mensajes recientes

#1
Temas Profesionales / Re:CICLO NO VALIDO SAFIR
Último mensaje por Msanchez2079 - Ayer a las 19:27
Solucionado, ese tiket puede ser usado como prueba en un delito de conducción bajo la influencia.

Gracias por el aporte
#2
Temas Profesionales / Re:Disposición Adicional décim...
Último mensaje por Msanchez2079 - Ayer a las 19:24
En mi dto si se denuncia en esos casos, especificando que no aparece tanto la notificación de deber hacer el curso como el haberlo realizado.
#3
Temas Profesionales / Re:Retirada del permiso por pé...
Último mensaje por Msanchez2079 - Ayer a las 09:24
Le echaré un vistazo a ver. Gracias!
#4
Temas Profesionales / Re:Retirada del permiso por pé...
Último mensaje por pitutis - Miércoles 14 de Mayo de 2025. 20:48 horas.
Hola, no sé cual es el proceso que siguen en estos casos, pero he encontrado está sentencia del TSJ de Galicia que aunque es en contra de la demandante, a lo mejor te puede guiar un poco y servir de ayuda.

Un saludo.

#5
Alcoholemia y drogas / Re:Abonar anticipadamente en h...
Último mensaje por Msanchez2079 - Miércoles 14 de Mayo de 2025. 15:03 horas.
En mi Subsector si es análisis de sangre lo tramita el Hospial directamente, si es de drogas nosotros y si son ambos los contrastes (alcohol y drogas) también nosotros al laboratorio.  Preferentemente en sangre, pero siempre a juicio del médico
#6
Temas Profesionales / Retirada del permiso por pérdi...
Último mensaje por Msanchez2079 - Miércoles 14 de Mayo de 2025. 13:34 horas.
Buenos días

Recientemente le han retirado el permiso de conducción a un conocido por la pérdida de aptitudes psicofisicas. Le dieron una cartera donde no especifica dónde debe hacerse el nuevo reconocimiento. Mi pregunta s, ¿debe ir a un centro específico,  o puede ir al que crea conveniente?¿se pondrá en contacto con el la JPT?


Gracias de antemano
#7
DGT / Re:INFORME A LA JPT CUANDO UN ...
Último mensaje por thetrooper69 - Martes 13 de Mayo de 2025. 12:55 horas.
Muchísimas gracias :D
#8
DGT / Re:INFORME A LA JPT CUANDO UN ...
Último mensaje por pitutis - Lunes 12 de Mayo de 2025. 21:04 horas.
El art. 87 apartado 4 LTSV establece que en el supuesto de infracciones que impliquen la detracción de puntos, el agente denunciante tomará nota de los datos del permiso o de la licencia de conducción y los remitirá́ al órgano sancionador competente que, cuando la sanción sea firme en vía administrativa, los comunicará juntamente con la sanción y la detracción de puntos correspondiente al Registro de Conductores e Infractores del organismo autónomo Jefatura Central de Trafico.

De este modo, al cumplimentar los boletines de denuncia con ocasión de infracciones que impliquen detracción de puntos, es necesario que se recaben por parte del agente denunciante, además de los datos de filiación (que deben incluir, al menos, nombre y apellidos, sexo, así como la fecha y lugar de nacimiento) y domicilio, los datos referentes a:

- Número del permiso de conducción extranjero.
- País de expedición.
- Fecha de validez consignada en el apartado 4b del modelo unificado de permiso en la UE.

Se deberá efectuar, en la medida de lo posible, fotografía del permiso comunitario que presente el interesado a requerimiento del Agente. Ésta se remitirá junto con el boletín de denuncia a la autoridad sancionadora a fin de que disponga de los datos del permiso de conducción.

Además, cuando identifiquemos a un ciudadano comunitario residente en España y exhiba NIE, hay que verificar en el terminal ATEX 5 si está anotado en el registro de conductores a efectos de comprobar su saldo de puntos, historial de sanciones o si le consta alguna pérdida de vigencia (PV). En caso de tener una PV, no podría conducir pese a que nos enseñe un permiso de conducir de su país.
#9
DGT / Re:INFORME A LA JPT CUANDO UN ...
Último mensaje por pitutis - Lunes 12 de Mayo de 2025. 20:53 horas.
Hola, te adjunto la Instrucción 10/S-119 de la DGT, por si pudiera servirte de ayuda.

Un saludo.

#10
DGT / INFORME A LA JPT CUANDO UN COM...
Último mensaje por thetrooper69 - Lunes 12 de Mayo de 2025. 18:05 horas.
Buenas tardes,
voy a exponer la siguiente causistica:
Se para a un conductor residente en España el cual va conduciendo con un permiso de conduccion comunitario ( rumanos, bulgaros o polacos con permiso de su pais pero residencia en España) porque dicho conductor ha cometido una infracción la cual lleva consigo la retirada de puntos.
hariais un informe a la Jefatura Provincial correspondiente para que constase que se le han retirado los puntos? o se deja continuar sin mas
Nos podemos dar con esta situacion y que la persona haya perdido todos sus puntos
forma de actuación?
Muchas gracias