Un saludo
Gracias por el aporte ;)
Muchisimas gracias por el aporte aure, pero creo que en el documento hay varias cosas que han cambiado.
Por ejemplo, un conductor rumano que establece su residencia en España, pero renueva su permiso de conducción en la embajada de su país es válido para conducir en España. Asimismo, creo recordar que los conductores comunitarios ya no tienen que inscribir su permiso de conducir en la DGT.
Ojo, con estos comentarios no quiero despretigiar ni criticar el trabajo excelente tan solo intercambiar idea que yo puedo estar equivocado pero creo que el foro está para aprender unos de otros
Pido disculpas si puedo ofender a algún compañero/a
saludos