Hola buenas noches, tengo una duba:
Una vez transcurrido el tiempo de una suspensión temporal por una sentencia judicialo firme por un tiempo menor de 2 años del PC sin haber hecho el curso básic, pierdes a posteriori por una pérdida de vigencia el PC por puntos.
Pregunta:
Si se hace el curso más el examen y eres acto, te exime este curso de realizar el de la suspensión temporal?
o
Son cursos totalmente independientes y el que lleva aparejado examen no convalida el presencial de la suspensión temporal?
Podeis aclararmelo?
Es que he detectado a diversos conductores con el curso más el examen superado y con la anotación de aviso curso básico pendiente.
Un saludo.
Una vez transcurrido el tiempo de una suspensión temporal por una sentencia judicialo firme por un tiempo menor de 2 años del PC sin haber hecho el curso básic, pierdes a posteriori por una pérdida de vigencia el PC por puntos.
Pregunta:
Si se hace el curso más el examen y eres acto, te exime este curso de realizar el de la suspensión temporal?
o
Son cursos totalmente independientes y el que lleva aparejado examen no convalida el presencial de la suspensión temporal?
Podeis aclararmelo?
Es que he detectado a diversos conductores con el curso más el examen superado y con la anotación de aviso curso básico pendiente.
Un saludo.