Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones

Iniciado por Jose Antonio, Viernes 12 de Julio de 2019. 12:41 horas.

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Jose Antonio

[imgleft width=200 height=200]https://i.postimg.cc/59BpFFTZ/R-306.png[/imgleft]
Me gustaría que me pudieran aclarar si la señal R- 306, además de afectar la prohibición a camiones de MMA > a 3,5 t., también le afecta a:
- Camión de MMA > a 3,5 t con remolque (conjunto de vehículos).
- Cabeza tractora de MMA >3,5 t con o sin semirremolque.

Gracias.

Dikxon

Si, dado que un Conjunto de vehículos es un grupo de vehículos acoplados que participan en la circulación vial como una unidad y una cabeza tractora (Tractocamión) es un camión para el arrastre de un semirremolque, tanto vaya con remolque o sin el.
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...

Jose Antonio

- En primer lugar agradecerte que me hayas respondido.
Pero quiero hacer las siguientes reflexiones:

1º La cabeza tractora, esta definido como automóvil a secas y no como un tipo de camión. (además de la cabina, no tiene carrocería). Está diferenciado, aunque con la misma limitación de velocidad, del camión. Y no se en que legislación se le contempla como un tipo de camión.

2º Un conjunto de vehículos es un automóvil (según  el RGV). Pero no se le trata como el tipo de automóvil que sea el vehículo tractor.
Por ejemplo (un turismo con remolque) no tiene la limitación de la velocidad máxima genérica del Turismo. Si no la de un tren de carretera ¿no?.

Dikxon

Cita de: Jose Antonio en Jueves 18 de Julio de 2019. 12:09 horas.

1º La cabeza tractora, esta definido como automóvil a secas y no como un tipo de camión. (además de la cabina, no tiene carrocería). Está diferenciado, aunque con la misma limitación de velocidad, del camión. Y no se en que legislación se le contempla como un tipo de camión.

2º Un conjunto de vehículos es un automóvil (según  el RGV). Pero no se le trata como el tipo de automóvil que sea el vehículo tractor.
Por ejemplo (un turismo con remolque) no tiene la limitación de la velocidad máxima genérica del Turismo. Si no la de un tren de carretera ¿no?.

Prácticamente todo está definido como automóvil en el RGVeh, pero algo tendrá que ver la MMA, la clasificacion, o la definición según la RAE de tractocamión, ¿No?

Respecto a lo que comentas de la velocidad, no tiene sentido, ya que está todo definido por tipo de vehículo, y un tractocamion la velocidad es de 90 km/h, al igual que un camión, un articulado, o cualquier vehículo con remolque...
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...

Nicomedes

Creo que la cuestión ya está contestada desde el principio.
Sólo con leer un poquito se acaba las dudas.
... El Anexo 1, 18 de la LTSV da la definición de camión:"
18. Camión. Automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de nueve plazas, incluido el conductor.".
No admite ni una duda.
Y respecto al punto 1 de la contestación de forero José Antonio, la veo incorrecta, y que como escribo antes SI está recogido como camión.
Saludos
El socialismo se acaba cuando se acaba el dinero.. de los demás

thetrooper69

 Buenas noches
Supongo que será de general conocimiento, pero esta señal no afecta a los autobuses ya que se me dio el caso personalmente
Freedom of speech