Adjunto enlace donde se analizan algunos casos de robo con fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas o el encubrimiento...Excusa absolutoria por parentesco 454 o 268 C.P.
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Mostrar Mensajes MenúCita de: rafabatua en Jueves 11 de Agosto de 2022. 09:07 horas.Buenos días compañeros.
Os hago la siguiente consulta.Casuística.
Si nos encontramos a un conductor que ha tenido diferentes suspensiones temporales anotadas. ¿Cuantos cursos debiera de realizar, uno por cada suspensión efectiva? o ¿por el contrario realizando un únicamente curso le serviria por todas las suspensiones temporales?
Si entre las suspensiones temporales además tuvo una pérdida de vigencia pero haciendo posteirormente el curso. ¿ debiera este conductor realizar tambien los cursos presenciales que tiene aparejado las suspensiones temporales?
¿Teneis alguna circular, instrucción u orden de trabajo que clarifique dicha circunstancia?
¿Cuantas denuncias correspondrian, una denuncia por cada curso pendiente?
Gracias y un saludo.
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