Entre las medidas provisionales dictadas en el artículo 105.d) del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre tráfico circulación de vehículos a motor y seguridad vial se establece:
- Cuando inmovilizado un vehículo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104, no cesasen las causas que motivaron la inmovilización.
¿Cuanto tiempo tiene que pasar para que una vez inmovilizado ese vehículo se proceda a su retirada? ¿Dónde viene recogido la respuesta legal?
- Cuando inmovilizado un vehículo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104, no cesasen las causas que motivaron la inmovilización.
¿Cuanto tiempo tiene que pasar para que una vez inmovilizado ese vehículo se proceda a su retirada? ¿Dónde viene recogido la respuesta legal?