¿Quién dirá si el conductor se ha fugado o no tras un accidente?

Iniciado por Dikxon, Martes 26 de Febrero de 2019. 12:48 horas.

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Dikxon

Nuevas penas de prisión: ¿Quién dirá si el conductor se ha fugado o no tras un accidente?

La teoría está clara: en caso de accidente con fuga, el conductor podrá ser condenado con hasta cuatro años de cárcel. Pero no será tan sencillo llevarlo a la práctica, ya que son muchos los que se ausentan del escenario de un siniestro sin ser conscientes de lo que ha ocurrido. Por ello, sobre los agentes de la Guardia Civil de Tráfico o de los distintos cuerpos de Policía Local recaerá la responsabilidad de determinar si la persona que iba al volante se fugó o no intencionadamente.

La cuestión no es baladí, ya que las conclusiones de los equipos de atestados no siempre serán del agrado de las familias de las víctimas y ello podría generar cierta frustración. "Es evidente que no se puede castigar con una simple multa de 200 euros a quien provoca un accidente y de forma consciente decide marcharse. Pero hay que distinguir e investigar caso por caso, porque la realidad nos dice que la mayoría de las veces los conductores que se ausentan no saben lo que ha ocurrido", asegura un funcionario acostumbrado a instruir diligencias penales por delitos de tráfico.

Para los colectivos ciclistas, que son los que más sufren las fugas en carretera, la reforma legal es un avance. Sin embargo, hay quienes no se muestran del todo satisfechos con la reforma y recelan de cuál será su efecto real. "Ojalá me equivoque, pero la experiencia me dice que al final los jueces no apuraran los límites legales a la hora de condenar", señala el vicepresidente del Club Ciclista Iberia, Pedro García.

Pero que el endurecimiento de las penas tendrá un traslado a muchas sentencias es indiscutible. Y como ejemplo, el doble atropello mortal de Botorrita, ocurrido el 21 de agosto de 2016 y en el que murieron dos ciclistas. El autor fue condenado a cuatro años de prisión, máximo castigo hasta ahora para los delitos imprudentes. Sin embargo, con la nueva normativa, al haber provocado dos muertes, el conductor podría ser penado con hasta seis años de cárcel.

Las nuevas penas de prisión

Citar9 años de cárcel
Accidentes con un número "elevado" de fallecidos. Hasta ahora, las imprudencias al volante se castigaban con un máximo de 4 años de cárcel. Con la reforma del Código Penal, los conductores que provoquen un accidente con un número "elevado" de fallecidos podrán ser condenados hasta con 9 años. Pero se deja a criterio del juzgador.

6 años de cárcel
Siniestros con al menos dos víctimas mortales. Cualquier delito contra la seguridad vial que cause muertos o heridos se considerará automáticamente una imprudencia grave y podrá castigarse con penas de hasta cuatro años de cárcel. La novedad radica en que, en caso de que haya dos fallecidos, la pena podrá aumentar a seis años.

4 años de cárcel
Fugarse de lugar de los hechos será delito. La última reforma del Código Penal, que entrará en vigor cuando se publique en el BOE, incluye un nuevo delito: el abandono del lugar del accidente. Hasta ahora, ausentarse sin dejar datos solo tenía un castigo de 200 euros de multa. En el futuro, el conductor podrá ser condenado con hasta 4 años de cárcel.

Fuente.-https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza/2019/02/24/delitos-trafico-nuevas-penas-carcel-agentes-decidiran-cuando-hay-fuga-intencionada-1294219-2261126.html
Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...