Buenas tardes a todos.
El otro día me comentaron que cuando se le practica la prueba de alcoholemia a un conductor cuyo permiso no le habilita a conducir el vehículo que está conduciendo ( Permiso AM en vigor con +2 años de antigüedad y es sorprendido conduciendo un turismo) y este es menor de edad (17 años) se le aplica como tasa referencia la más restrictiva (0,15 mg/l) a efectos de sanción. Me hicieron referencia a la instrucción DGT 99/S-36. Yo entiendo esa instrucción únicamente a efectos del delito de 384 CP, cuando el conductor del vehículo nunca ha obtenido un permiso.
Alguien me puede aclarar la duda? Un saludo
El otro día me comentaron que cuando se le practica la prueba de alcoholemia a un conductor cuyo permiso no le habilita a conducir el vehículo que está conduciendo ( Permiso AM en vigor con +2 años de antigüedad y es sorprendido conduciendo un turismo) y este es menor de edad (17 años) se le aplica como tasa referencia la más restrictiva (0,15 mg/l) a efectos de sanción. Me hicieron referencia a la instrucción DGT 99/S-36. Yo entiendo esa instrucción únicamente a efectos del delito de 384 CP, cuando el conductor del vehículo nunca ha obtenido un permiso.
Alguien me puede aclarar la duda? Un saludo

