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Mensajes - Oteo12

#1
Temas Profesionales / Altura máxima vehiculos
Viernes 13 de Septiembre de 2024. 10:05 horas.
Buenos dias:

Quisiera saber vuestra opinión acerca de lo mencionado en el anexo 9 del RGV en referente a la altura máxima permitida:

La norma nos dice que podria llegar hasta 4.50m de altura los vehiculos que transportan contenedores cerrados homologados para el transporte combinado o intermodal.

Yo interpretó que podrían llegar a 4.5m de altura si hacen transporte combinado o intermodal y como no están haciedo dicho tipo de transporte su altura máxima es de 4m.

Me ha venido de vuelta una denuncia en el que alegan que sus contenedores (en el que tansportan ruedas de turismo, carga divisible) son homologados para su utilización en el transporte combinado o intermodal, sin que ello signifique que el vehículo tenga que realizar irremediablemente este tipo de transporte.

Como se debe interpretar esta norma?
Gracias!
#2
Temas Profesionales / Re:Código B96
Viernes 21 de Junio de 2024. 23:03 horas.
Muchas gracias por todo!
Se agradece la aclaración
#3
Temas Profesionales / Re:Código B96
Viernes 21 de Junio de 2024. 15:26 horas.
Gracias por contestar!

Buscando la sanción en el Reglamento General de Conductores: me encuentro que se podría denunciar por:

Art 1.1 - conducir con un permiso o licencia de conducción que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos. 200€/100€

Art 3.1 - conducir incumpliendo las condiciones restrictivas del permiso o licencia de conducción.(incumple el código 96) 200€/100€

Al art. 1.1 - conducir con un permiso o licencia de conducción que no le habilitado para ello.500€/250€ y 4 puntos.Esta es una sanción Muy Grave así que la descarto en base a lo que me contestaste.

Cual de estas sanciones seria la correcta?

Gracias de antemano por tu tiempo y dedicación!
#4
Temas Profesionales / Re:Código B96
Jueves 20 de Junio de 2024. 16:14 horas.
Hola:
Y si circula sin tener la autorización b96, a que sanción se expone?
#5
Temas Profesionales / Re:Carnet expedidos en terceros paises
Martes 09 de Mayo de 2023. 20:06 horas.
La teoría está bien, pero en la práctica...
Si entra desde Portugal, no sabemos cuando ha entrado a España tiene  vía libre para cruzar la frontera... nos tenemos que fiar de lo que dice? Si es así siempre se libran al decir que llevan menos de 6 meses...

#6
Temas Profesionales / Carnet expedidos en terceros paises
Martes 09 de Mayo de 2023. 13:07 horas.
Un conductor nos enseña su carnet de conducir peruano ( tiene convenio con España desde el año 2004) y nos dice que ha llegado a España hace 4 días para trabajar temporalmente... proviene de Portugal país en el cual nos dice que reside desde hace 1 año.

Se le puede denunciar por conducir careciendo de permiso válido en España siendo titular de un permiso extranjero equivalente susceptible de ser canjeado 1.1 RGCond??

Es mayor de edad, su permiso peruano en vigor y según dice lleva en España 4 días... (no podemos verificarlo en el momento que sea cierto lo que dice)

Según el artículo 21 R.G.Conductores seria válido su permiso...

Que opináis?



#7
Transportes / Transporte o Código
Jueves 20 de Octubre de 2022. 07:09 horas.
He llegado a escuchar que Los vehículos concebidos para el transporte de personas como los turismos, que tengan una carga útil de menos de 750kg no se les podría sancionar por transporte ya que estos no son vehículos de mercancías .
He estado buscando donde pone eso en la LOTT y en otras normativas pero no he leído nada al respecto. Alguien sabe donde puede estar reflejado lo comentado en el párrafo anterior?
#8
RGCir. / Re:Sistemas de Retención Infantil
Sábado 21 de Mayo de 2022. 15:10 horas.
Ok!
Entonces se podria decir que cuando el niñ@ no haga uso de SRI ( porque el taxi no esté dotado de ello) y se circule por vía interurbana, el responsable sería el taxista  a quien se le podría multar.
#9
RGCir. / Re:Sistemas de Retención Infantil
Jueves 19 de Mayo de 2022. 12:08 horas.
De quien sería la responsabilidad cuando no se haga uso del sistema de retención infantil cuando se desplace el niñ@ en taxi? Quien abonaría la multa? El art 13.4 LSV nos dice que el conductor del taxi estaría exento de responsabilidad pero no nos dice quien sería el responsable.
#10
Transportes / Re:Tacografo
Lunes 25 de Abril de 2022. 11:09 horas.
Ok!
Entonces un vehiculo de 3,5tn que arrastre un remolque ligero (750kg) debería llevar tacografo.
Gracias!
#11
Transportes / Tacografo
Sábado 23 de Abril de 2022. 00:13 horas.
nos dice el Reglamento de la C.E. 561/2006 tienen que llevar tacógrafo los vehículos de mercancías, cuando la masa máxima autorizada sea superior a 3,5 toneladas, incluido cualquier remolque o semirremolque.

Esto como se interpreta?
Poniendo de ejemplo un automóvil que arrastra un remolque:

1. Que si la suma del conjunto de vehículos es superior a 3,5 Tn tiene que llevar tacografo.
2. Que tienen que llevar tacografo si superan 3.5Tn bien el vehículo tractor o bien el remolque