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Mensajes recientes

#1
Codificados de infracciones / Relación infracciones mvp
Último mensaje por 26214838J - Sábado 21 de Junio de 2025. 18:39 horas.
Buenas alguien tiene una relación de las infracciones de los mvp con artículos gracias
#2
Códigos electrónicos / Re:Código de Tráfico y Segurid...
Último mensaje por Dikxon - Viernes 20 de Junio de 2025. 17:32 horas.
El código «Código de Tráfico y Seguridad Vial» ha sido actualizado el 20 de junio de 2025,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo
Artículo 5. Señalización de obstáculos y peligros.
Artículo 15. Dimensiones de la carga.
Artículo 49. Velocidades mínimas en poblado y fuera de poblado.
Artículo 52. Velocidades prevalentes.
Artículo 56. Intersecciones señalizadas.
Artículo 66. Prioridad de paso de los conductores sobre los animales.
Artículo 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.
Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios.
Artículo 71. Normas de circulación y señalización.
Artículo 95. Obligaciones de los usuarios y titulares de las vías.
Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad.
Artículo 113. Advertencias de otros vehículos.
Artículo 121. Circulación por zonas peatonales.
Artículo 122. Circulación por la calzada o el arcén.
Artículo 131. Concepto.
Artículo 132. Obediencia de las señales.
CAPÍTULO II
Artículo 133. Orden de preferencia.
Artículo 134. Catálogo oficial de señales de la circulación y marcas viales.
Artículo 135. Aplicación.
Artículo 136. Visibilidad.
Artículo 137. Inscripciones.
Artículo 138. Idioma de las señales.
Artículo 139. Responsabilidad.
CAPÍTULO V
Artículo 140. Obligaciones relativas a la señalización.
CAPÍTULO VI
Sección 1.ª Señales y órdenes de los agentes de circulación
Artículo 141. Señales con el brazo y otras.
Sección 2.ª Señalización circunstancial que modifica el régimen normal de utilización de la vía, elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos
Artículo 142. Señalización circunstancial, elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos.
Sección 3.ª Semáforos
Artículo 143. Tipos de semáforos.
Sección 4.ª Señales verticales de circulación
Artículo 144. Señales de advertencia de peligro. Objeto y tipos.
Artículo 145. Señales de reglamentación. Objeto, clases y normas comunes.
Artículo 146. Señales de indicación. Objeto y tipos.
Sección 5.ª Marcas viales
Artículo 147. Marcas viales. Objeto y clases.
Sección 6.ª Tramos con obras o tareas de conservación
Artículo 148. Señalización de tramos con obras o tareas de conservación.
Artículo 149. Uso de señales en obra y otras actuaciones.
TÍTULO V
Artículo 150. Objeto, significado y clases.
ANEXO I Señales de circulación
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#3
Códigos electrónicos / Re:Código de leyes administrat...
Último mensaje por Dikxon - Viernes 20 de Junio de 2025. 17:31 horas.
El código «Código de leyes administrativas de la Defensa» ha sido actualizado el 20 de junio de 2025,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 6. Publicación de vacantes.
Artículo 7. Solicitud de vacantes.
Artículo 9. Destinos de libre designación.
Artículo 14. Normas de asignación de los destinos.
Artículo 15. Prelación en la asignación de destinos.
Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
Artículo 19. Criterios generales para la asignación de destinos con carácter forzoso.
Artículo 20. Asignación de destinos en ausencia de peticionarios con carácter voluntario y anuente.
Artículo 21. Limitaciones para ocupar determinados destinos.
Artículo 22. Fecha de efectividad, fecha de cese y tiempos de permanencia en los destinos.
Artículo 24. Incorporación y relevos.
#4
Temas Profesionales / Re:Inmovilización por denegato...
Último mensaje por Dikxon - Jueves 19 de Junio de 2025. 09:17 horas.
Cita de: thetrooper69 en Miércoles 18 de Junio de 2025. 20:24 horas.Buenas tardes de nuevo
Entiendo que si en ATEX aparece que el vendedor ya ha notificado la venta del vehiculo y el adquiriente no ha renovado el permiso de circulacion en el plazo de 30 dias se podria proceder a la inmovilizacion de dicho vehículo por "carecer de autorizacion para circular"?
muchas gracias

Pudiera ser inmovilizado conforme al art 32-3-5D de vehículos
#5
Temas Profesionales / Re:Inmovilización por denegato...
Último mensaje por thetrooper69 - Miércoles 18 de Junio de 2025. 20:24 horas.
Buenas tardes de nuevo
Entiendo que si en ATEX aparece que el vendedor ya ha notificado la venta del vehiculo y el adquiriente no ha renovado el permiso de circulacion en el plazo de 30 dias se podria proceder a la inmovilizacion de dicho vehículo por "carecer de autorizacion para circular"?
muchas gracias
#6
RGCir. / Re:RD 465/2025 por el que se m...
Último mensaje por thetrooper69 - Miércoles 18 de Junio de 2025. 20:14 horas.
Muchisimas, muchisimas gracias por el aporte  :D
#7
RGCir. / RD 465/2025 por el que se modi...
Último mensaje por pitutis - Martes 17 de Junio de 2025. 09:14 horas.
Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.

un saludo.

#8
Vehículos / Re:LUZ FRENO PERMANENTE
Último mensaje por Pask78 - Lunes 16 de Junio de 2025. 08:29 horas.
Cita de: BALARRASA en Sábado 17 de Mayo de 2025. 23:42 horas.
Cita de: Pask78 en Sábado 19 de Abril de 2025. 00:06 horas.Buenas

Disculpas por mi ignorancia pero me gustaría saber cómo proceder ante un vehículo que circula con la luz de freno siempre encendida, ya que confunde a los que circulan tras de él.

Gracias
Supongo que la luz que lleva encendida continuamente es "igual" de intensa que la luz de freno. Es decir, que cuando pisas el freno no hay ninguna variación en la intensidad de la luz. Algunos vehículos tienen la luz de freno con la luz de posición y cuando pisas el freno, esta, se enciendo emitiendo una luz mas "fuerte"
Un saludo.
Me refería a cuando por avería del interruptor la luz de freno siempre está encendida.
Gracias por el apunte pero el compañero Dikcon ya me lo aclaró 👍🏻
#9
Códigos electrónicos / Re:Código de la Guardia Civil....
Último mensaje por Dikxon - Miércoles 11 de Junio de 2025. 16:38 horas.
El código «Código de la Guardia Civil» ha sido actualizado el 11 de junio de 2025,
por modificaciones incorporadas en:
Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil
Artículo 19. Organización.
Artículo 20. Jefatura de Personal.
Artículo 21. Jefatura de Enseñanza.
Artículo 22. Jefatura de Asistencia al Personal.
Artículo 23 ter. Unidad de Desarrollo y Talento.
Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes
Disposición adicional sexta. Participación de profesorado de la Academia de Oficiales de la Guardia Civil en la impartición de determinados módulos, materias o asignaturas de las enseñanzas universitarias contenidas en los planes de estudios de la enseñanza de formación.
Orden PCM/280/2022, de 6 de abril, por la que se regulan los procedimientos para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las lenguas cooficiales
Artículo 18. Inscripción del nivel lingüístico.
Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil
Artículo 13. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.
Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil
Artículo 20. Convocatorias.
Artículo 25. Progreso en el plan de estudios o permanencia en el curso o periodo.
Artículo 28. Evaluación de las asignaturas del módulo Instrucción y Adiestramiento.
Artículo 29. Evaluación de las asignaturas de Formación Física.
Artículo 30. Evaluación del módulo de Servicio Operativo.
Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 6. Planificación de la enseñanza de perfeccionamiento y altos estudios profesionales.
Artículo 10. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
Artículo 13. Bases de las convocatorias.
Artículo 15. Situaciones del personal.
Artículo 16. Superación de actividades formativas.
Artículo 19. Servidumbre por razón de título.
Artículo 23. Desarrollo de la enseñanza de perfeccionamiento.
Artículo 24. Selección de alumnos para asistir a actividades formativas de la enseñanza de perfeccionamiento.
Artículo 27. Enseñanza de especialización.
Artículo 28. Requisitos de acceso a los cursos de especialización.
Artículo 29. Enseñanza de formación continua.
Artículo 31. Sistema de formación continua.
Artículo 32. Plan General de Formación Continua.
Artículo 33. Jornadas Formativas de Unidad.
Artículo 34. Designación de alumnos.
Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil
Artículo 2. Ámbito material y temporal de aplicación.
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 5. Finalidad y efectos del expediente académico.
Artículo 7. Anotación en el expediente académico.
Artículo 10. Elaboración, custodia y tratamiento.
Artículo 11. Modalidades y procedimiento para la anotación.
Artículo 12. Expediente personal del expediente académico.
Disposición adicional primera. Anotaciones procedentes de los expedientes académicos del personal militar profesional.
Disposición adicional segunda. Datos académicos de los alumnos de la enseñanza de formación por acceso directo, para su incorporación al expediente académico.
Disposición adicional tercera. Requerimientos técnicos.
#10
Vehículos / Re:Vehículo francés pasa la IT...
Último mensaje por thetrooper69 - Martes 10 de Junio de 2025. 16:09 horas.
muchas gracias por la respuesta