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Mensajes - Fcoluque

#1
Sé que el tema es antiguo pero no logro encontrar la Instrucción que indica que no llevar la documentación física o digitalmente no es denunciable. El artículo 59 no lo indica:

La tenencia de la autorización administrativa podrá acreditarse mediante su presentación física o digital.

2. El conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas que se lo soliciten, en los términos que reglamentariamente se determine.


Estoy seguro de a ver visto algo que ratifica lo que comentáis pero no lo encuentro.
#2
¿Algún compañero sabe cómo está este tema y si finalmente se llevó a cabo?
#3
Temas Generales / Re:Declaración de la renta (Deducciones asociaciones)
Jueves 08 de Abril de 2021. 16:53 horas.
Es una pregunta reiterada en cada periodo anual de rendir cuentas con el fisco. La norma no recoge las cuotas satisfechas a la asociaciones profesionales, por tanto y no siendo " sindicato", no se puede desgravar. Otra cosa es que el personal se arriesge haciendo una  interpretación extensiva de la norma y asimilando asociación a sindicato.