Positivo en drogas en siniestro con un fallecido

Iniciado por a280019, Martes 15 de Mayo de 2018. 22:45 horas.

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a280019

Buenas noches.
Me gustaría saber su modo de actuación en el caso que un conductor causante de un siniestro con un fallecido que da positivo en el test indiciario. Etilometria muy baja. Al parecer le afectaba la mezcla baja de alcohol y alta de cocaína. En el caso de descartar la conducción etílica o considerarla demasiado débil por falta de signos se optó por intentar la conducción por drogas.
Al detenido se le recogió con el colector salival la cantidad suficiente, sobre de seguridad y cadena de custodia en nevera cerrada y custodiada.
¿el colector salival es analizado en el laboratorio habitual? o por contra ¿a disposición judicial, en este caso del médico forense?
Yo entedía que debía ponerse a disposición judicial pero me he encontrado en situaciones dispares.
Gracias por su atención

Lanselot

En primer lugar, entiendo que aun dando una tasa de alcohol muy baja, dio positivo. De conformidad con una Instrucción de Fiscalía, si la tasa es de ente 0,40 y 0,60, dada las circunstancias expuestas, es motivo suficiente para que sea investigado por un delitos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. No obstante, mencionas que dio positivo en el tes salival, como consecuencia, entiendo que por una u otra circunstancia lo suyo es instruir diligencia y si no se le detiene, por lo menos en calidad de investigado no detenido.

Usser

El test salival en caso de ser positivo lo que indica es la presencia de drogas en el organismo, no indica la cantidad (al menos antes de ser analizado por el laboratorio), lo relevante judicialmente y entiendo que necesario en caso de que pasara a ser investigado por delito contra la S. V., serían los signos que esta persona presenta, si a juicio del G.C. de Atestados instructor influirían de forma clara y determinante en la conducción, en este caso sí se le imputa, en caso contrario yo creo que no, la presencia de droga no supone influencia por sí sola.

Msanchez2079

El colector salival lleva el mismo procedimiento que en el caso de infraccion administrativa, es decir, remision al laboratorio de referencia con los precintos y demas medidas de seguridad para garantizar la custodia de dicha prueba. En este caso lo ordenado es confeccionar unas diligencias previas en las cuales se de cuenta a la autoridad judicial de la comision del ilicito penal y de las pruebas indiciarias realizadas y por realizar, como es el caso de la prueba de drogas que nos comentas. Una vez confirmada la presencia de drogas en el organismo por el laboratorio, en cuyo informe no solo constan las sustancias consumidas sino tambien su desglose y cantidad encontrada en el organismo, se procede a confeccionar diligencias por dicho ilicito.



Un saludo

a280019

Buenas tardes,
Perdonad ante todo, he estado bastante desconectado.
Sobre la tasa era menor de 0.40 mg/l.
Sobre las drogas si tenía síntomas.
En el juzgado, al ponerles a su disposición la saliva recogida en el quantisal, no sabían que hacer. Finalmente fue entregada al médico forense que confirmó que era lo correcto y añadió que deberíamos haber recogido una muestra de sangre.
Mi extrañeza fue suprema pero luego indicó que falta modificar los protocolos médico legales, que sería lo óptimo para cuantificar la cantidad y calidad de la droga así como el tiempo transcurrido de consumo hasta el siniestro.
Al final quedamos que se podía ofrecer al conductor una prueba voluntaria de extracción sanguínea y análisis al forense. Argumentando que es para su defensa... si cuela ... cuela.
En resumen, en los casos penales dejar los análisis a su disposición me quedó claro; una buena sintomatología y acta de signos para droga y luego ya veremos.
Un saludo

Tanke14

Buenas tardes

En el plan nacional de drogas, vienen reflejados los síntomas de alcohol y de las drogas y viene también los síntomas por la mezcla, yo en su día confeccione un informe técnico con positivo en alcohol y THC, y me dio unos datos muy buenos de lo llamado la borrachera Cannabica. Espero que te sea de ayuda.

Un saludo

a280019


Angira

Un saludo a todos ya que mi primera aportación.

En este caso, el resultado de la prueba de alcoholemia está adulterado por el consumo de cocaína. El consumo de ambas sustancias convierte el alcohol en cocaetileno que no es detectable por el etilómetro evidencial ya que al ser una molécula pesada no se transfiere al flujo respiratorio.

El cocaetileno se detecta fácilmente en las analíticas de sangre y suele ser una sustancia buscada en analíticas hospitalarias. De hecho, hace ya tiempo que se detecto en menores, consumo de cocaína para disimular el efecto del botellón al volver a casa.

Como bien decís, en vía penal es fundamental la sintomatología y su reflejo en el acta correspondiente.