El código «Código de la Policía Local» ha sido actualizado el 21 de enero de 2025,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
Artículo 4. Derechos de las víctimas y de las personas perjudicadas.
Artículo 23. Actuación instructora del Ministerio Fiscal.
Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears
Artículo 24. Armamento.
Artículo 34 ter. Abandono del periodo de prácticas en el municipio.
Artículo 48. Derechos individuales.
Artículo 51. Retribuciones.
Artículo 53. Prestación del servicio.
Disposición adicional tercera. Medidas de fomento de la igualdad en el empleo público.
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
Artículo 4. Derechos de las víctimas y de las personas perjudicadas.
Artículo 23. Actuación instructora del Ministerio Fiscal.
Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears
Artículo 24. Armamento.
Artículo 34 ter. Abandono del periodo de prácticas en el municipio.
Artículo 48. Derechos individuales.
Artículo 51. Retribuciones.
Artículo 53. Prestación del servicio.
Disposición adicional tercera. Medidas de fomento de la igualdad en el empleo público.