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Mensajes recientes

#11
Utilidades / App RAI
Último mensaje por Msanchez2079 - Miércoles 25 de Septiembre de 2024. 13:42 horas.
Buenas tardes

Hsce tiempo tuve un compañero que utilizaba una hoja de cálculo para ir apuntando todo lo que hacía en el servicio y así poder cotejar su RAI, aunque no fuera del todo exacto. ¿Alguien sabe de alguna app o archivo excel que haga algo similar?


Un saludo
#12
Vehículos / Reglamento de Vehículos Histór...
Último mensaje por Dikxon - Miércoles 18 de Septiembre de 2024. 17:38 horas.
Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

#13
Códigos electrónicos / Re:Reglamentación de Vehículos...
Último mensaje por Dikxon - Miércoles 18 de Septiembre de 2024. 17:23 horas.
El código «Reglamentación de Vehículos» ha sido actualizado el 18 de septiembre de 2024,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
Artículo 36. Bajas temporales.
Subsección 3
Artículo 48 bis. Supuestos y requisitos para su concesión.
II D
IV
Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 5. Tipos de inspecciones técnicas.
Artículo 6. Fecha y frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas.
Artículo 12. Prueba de inspección.
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre
Disposición adicional tercera. Rehabilitación de vehículos con certificado de destrucción o certificado de tratamiento medioambiental emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento, cuando se acredite que tienen un especial interés histórico o singularidad.
por inclusión de las siguientes normas:
Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos
por exclusión de las siguientes normas:
Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos
#14
Temas Profesionales / Altura máxima vehiculos
Último mensaje por Oteo12 - Viernes 13 de Septiembre de 2024. 10:05 horas.
Buenos dias:

Quisiera saber vuestra opinión acerca de lo mencionado en el anexo 9 del RGV en referente a la altura máxima permitida:

La norma nos dice que podria llegar hasta 4.50m de altura los vehiculos que transportan contenedores cerrados homologados para el transporte combinado o intermodal.

Yo interpretó que podrían llegar a 4.5m de altura si hacen transporte combinado o intermodal y como no están haciedo dicho tipo de transporte su altura máxima es de 4m.

Me ha venido de vuelta una denuncia en el que alegan que sus contenedores (en el que tansportan ruedas de turismo, carga divisible) son homologados para su utilización en el transporte combinado o intermodal, sin que ello signifique que el vehículo tenga que realizar irremediablemente este tipo de transporte.

Como se debe interpretar esta norma?
Gracias!
#15
Códigos electrónicos / Re:Código de leyes administrat...
Último mensaje por Dikxon - Miércoles 11 de Septiembre de 2024. 15:50 horas.
El código «Código de leyes administrativas de la Defensa» ha sido actualizado el 11 de septiembre de 2024,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa
Artículo 3. Secretaría de Estado de Defensa.
Artículo 4. Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa.
Artículo 4 bis. Dirección General de Armamento y Material.
Artículo 7. El Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
#16
DGT / Re:Instrucción DGT 02/S-60.- F...
Último mensaje por Dikxon - Lunes 09 de Septiembre de 2024. 10:23 horas.
Desconozco si hay alguna instrucción al respecto, pero normalmente actuamos igual. Se realiza la denuncia y tiene que pagar. Si está de acuerdo, COBRO (con reducción del 50%) y si no está de acuerdo y quiere recurrir, DEPOSITO (sin reducción).
#17
DGT / Re:Instrucción DGT 02/S-60.- F...
Último mensaje por jesus1971 - Domingo 08 de Septiembre de 2024. 15:26 horas.
Buenas, gracias por el aporte, . quería preguntarte si hay alguna instrucción  para actuar con los extranjeros no residentes causantes del accidente, ya que me parece recordar que había una instrucción o recomendación de no realizar la denuncia ya que no se podía realizar el cobro de la denuncia. Gracias de antemano por tu tiempo y trabajo. Un saludo
#18
AL DIA / Re:OFICIO 2018 18 DE JULIO
Último mensaje por RGUB - Miércoles 04 de Septiembre de 2024. 15:02 horas.
Cita de: thetrooper69 en Martes 03 de Septiembre de 2024. 13:03 horas.Buenos dias
En la sentencia que adjuntais creo que NO trata nada de la conduccion bajo la influencia de bebidas alcoholicas o con presencia de drogas en el organismo. La sentencia es sobre una conduccion "careciendo del correspondiente permiso de conduccion por no haberlo obtenido nunca"

Buenas tardes.

En efecto, la sentencia trata sobre el delito de conducir sin haber obtenido permiso o licencia y la infracción administrativa que se realiza de manera paralela, por conducir careciendo de autorización administrativa correspondiente.

La cuestión que parece plantear FRANCO es que en la nota informativa que da publicidad a la sentencia, plantea que cabe la doble sanción penal y administrativa sin afectar al principio "non bis in idem".

En base a ese mismo criterio, plantea al compañero del foro que se podría aplicar a los delitos por alcohol/drogas, en tanto que el delito pide influencia y la sanción administrativa pide solo la presencia de dichas sustancias.
Entendido de manera que son distintas conductas las que se sancionan, influencia vs presencia, y por tanto no se afecta al principio "non bis in idem"

El planteamiento que expongo por mi parte, teniendo en cuenta el contenido de la sentencia del TC, es que la nota informativa va más allá del contenido de la sentencia, y platea la posibilidad de la doble sanción.
Ese planteamiento no lo he encontrado en el contenido de la sentencia.

A mi entender lo que se expone es que son conductas distintas, ciertamente, lo que no a lugar a la cuestión de inconstitucionalidad del art 384 por falta de distinción taxativa entre la infracción penal y la administrativa.
Ello no quiere decir que deba sancionarse doblemente, ya que la conducta penal incluye los elementos de la conducta administrativa y va más allá por tratarse de una conducta más grave al no haber obtenido nunca permiso/licencia vs a tenerlo pero de un vehículo distinto al que conduce.

Por tanto el delito absorbería la infracción administrativa.

En el caso de delitos contra la salud pública, por ejemplo, pasa lo mismo. Para traficar con droga se puede estar en posesión de la misma, pero no se aplica doble sanción.

En conclusión, a mi modo de ver, la nota informativa que se cuestiona publicita una mala interpretación de la sentencia.

Un saludo.
#19
Conductores / Regulación cursos de sensibili...
Último mensaje por Dikxon - Miércoles 04 de Septiembre de 2024. 12:37 horas.
Orden INT/914/2024, de 2 de septiembre, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción.

#20
AL DIA / Re:OFICIO 2018 18 DE JULIO
Último mensaje por thetrooper69 - Martes 03 de Septiembre de 2024. 13:03 horas.
 Buenos dias
En la sentencia que adjuntais creo que NO trata nada de la conduccion bajo la influencia de bebidas alcoholicas o con presencia de drogas en el organismo. La sentencia es sobre una conduccion "careciendo del correspondiente permiso de conduccion por no haberlo obtenido nunca"