Instrucción DGT 17/S-145.- Tramitación de Expedientes Sancionadores y Resolución de Recursos SOA

Iniciado por Dikxon, Martes 13 de Marzo de 2018. 10:11 horas.

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Dikxon

Instrucción DGT 17/S-145.- Tramitación de Expedientes Sancionadores y Resolución de Recursos en materia de Seguro Obligatorio de Automóviles.

Tras la puesta en marcha de los criterios y medidas introducidos en su día por el Escrito Directriz UON-SAR 13/01, se ha hecho patente la necesidad de revisar y actualizar los mismos para que la tramitación de aquellos expedientes dados de alta por presunta infracción a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto legislativo 8/2004, de 29 de octubre, cumplan con los principios inherentes a todo procedimiento sancionador reflejados en los artículos 25 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y disposiciones complementarias, así como a la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común.

Conviene recordar que, tal y como se establece en el Considerando (3) y el artículo 3 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esa responsabilidad: "Cada Estado Miembro adoptará todas las medidas apropiadas para que la responsabilidad civil relativa a la circulación de los vehículos que tengan su estacionamiento habitual en su territorio, esté cubierta por un seguro."

Como criterio general, se recuerda que sólo habrá que considerar la posible comisión de dicha infracción cuando los vehículos objeto de denuncia no consten como asegurados en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), o bien cuando los datos que aparecen en el mismo no coincidan con los aportados por su propietario, ya sea en el momento de producirse los hechoso en cualquier otro posterior.


Tened cuidado ahí fuera, os quiero a todos de vuelta...

asotoca

Si circulo con mi vehículo sin documentación acreditativa de la vigencia de mi seguro, ¿procedería extender boletín de denuncia aun sin sanción económica?