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GUARDIANES DEL ASFALTO => Temas Profesionales => Mensaje iniciado por: Jose Antonio en Viernes 12 de Julio de 2019. 12:41 horas.

Título: Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: Jose Antonio en Viernes 12 de Julio de 2019. 12:41 horas.
[imgleft width=200 height=200]https://i.postimg.cc/59BpFFTZ/R-306.png[/imgleft]
Me gustaría que me pudieran aclarar si la señal R- 306, además de afectar la prohibición a camiones de MMA > a 3,5 t., también le afecta a:
- Camión de MMA > a 3,5 t con remolque (conjunto de vehículos).
- Cabeza tractora de MMA >3,5 t con o sin semirremolque.

Gracias.
Título: Re:Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: Dikxon en Viernes 12 de Julio de 2019. 13:49 horas.
Si, dado que un Conjunto de vehículos es un grupo de vehículos acoplados que participan en la circulación vial como una unidad y una cabeza tractora (Tractocamión) es un camión para el arrastre de un semirremolque, tanto vaya con remolque o sin el.
Título: Re:Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: Jose Antonio en Jueves 18 de Julio de 2019. 12:09 horas.
- En primer lugar agradecerte que me hayas respondido.
Pero quiero hacer las siguientes reflexiones:

1º La cabeza tractora, esta definido como automóvil a secas y no como un tipo de camión. (además de la cabina, no tiene carrocería). Está diferenciado, aunque con la misma limitación de velocidad, del camión. Y no se en que legislación se le contempla como un tipo de camión.

2º Un conjunto de vehículos es un automóvil (según  el RGV). Pero no se le trata como el tipo de automóvil que sea el vehículo tractor.
Por ejemplo (un turismo con remolque) no tiene la limitación de la velocidad máxima genérica del Turismo. Si no la de un tren de carretera ¿no?.
Título: Re:Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: Dikxon en Jueves 18 de Julio de 2019. 20:39 horas.
Cita de: Jose Antonio en Jueves 18 de Julio de 2019. 12:09 horas.

1º La cabeza tractora, esta definido como automóvil a secas y no como un tipo de camión. (además de la cabina, no tiene carrocería). Está diferenciado, aunque con la misma limitación de velocidad, del camión. Y no se en que legislación se le contempla como un tipo de camión.

2º Un conjunto de vehículos es un automóvil (según  el RGV). Pero no se le trata como el tipo de automóvil que sea el vehículo tractor.
Por ejemplo (un turismo con remolque) no tiene la limitación de la velocidad máxima genérica del Turismo. Si no la de un tren de carretera ¿no?.

Prácticamente todo está definido como automóvil en el RGVeh, pero algo tendrá que ver la MMA, la clasificacion, o la definición según la RAE de tractocamión, ¿No?

Respecto a lo que comentas de la velocidad, no tiene sentido, ya que está todo definido por tipo de vehículo, y un tractocamion la velocidad es de 90 km/h, al igual que un camión, un articulado, o cualquier vehículo con remolque...
Título: Re:Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: Nicomedes en Jueves 12 de Septiembre de 2019. 07:08 horas.
Creo que la cuestión ya está contestada desde el principio.
Sólo con leer un poquito se acaba las dudas.
... El Anexo 1, 18 de la LTSV da la definición de camión:"
18. Camión. Automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de nueve plazas, incluido el conductor.".
No admite ni una duda.
Y respecto al punto 1 de la contestación de forero José Antonio, la veo incorrecta, y que como escribo antes SI está recogido como camión.
Saludos
Título: Re:Señal R-306, Prohibición de adelantar camiones
Publicado por: thetrooper69 en Martes 15 de Febrero de 2022. 19:14 horas.
 Buenas noches
Supongo que será de general conocimiento, pero esta señal no afecta a los autobuses ya que se me dio el caso personalmente