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GUARDIANES DEL ASFALTO => Temas Profesionales => Mensaje iniciado por: thetrooper69 en Miércoles 04 de Diciembre de 2019. 22:42 horas.

Título: Vehículo transpor. en camión para exportacion y dado baja NECESITA SEGURO?
Publicado por: thetrooper69 en Miércoles 04 de Diciembre de 2019. 22:42 horas.
Buenas noches
Varios vehículos matriculados en España (cada uno porta su matrícula española) están dados de baja por exportación a un pais de la Unión Europea y son transportados en un portacoches. Tienen la obligación de estar asegurados individualmente cada coche?
Alguna legislación que lo ampare?
Muchisimas gracias por las respuestas  ;D
Título: Re:Vehículo transpor. en camión para exportacion y dado baja NECESITA SEGURO?
Publicado por: Dikxon en Miércoles 04 de Diciembre de 2019. 23:14 horas.
No.
En base al SOA Artículo 1. Vehículos a motor.
1. Tienen la consideración de vehículos a motor, a los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la obligación de aseguramiento, todos los vehículos idóneos para circular por la superficie terrestre e impulsados a motor, incluidos los ciclomotores, vehículos especiales, remolques y semirremolques, cuya puesta en circulación requiera autorización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Se exceptúan de la obligación de aseguramiento los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Título: Re:Vehículo transpor. en camión para exportacion y dado baja NECESITA SEGURO?
Publicado por: RGUB en Miércoles 04 de Diciembre de 2019. 23:18 horas.
Buenas noches.

Entiendo que están exentos de la obligación de asegurarse en base al art 1 Reglamento  SOA:

...Se exceptúan de la obligación de aseguramiento los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

Además la Instrucción DGT 17/S-45 punto 6.9 dice:
Vehículo que en el momento de detectarse el incumplimiento de la LSOA, se
encuentra de baja en el Registro de Vehículos.
En este supuesto:  No se denunciará por infracción a la LSOA (ni carecer ni circular). 

Un saludo.


Título: Re:Vehículo transpor. en camión para exportacion y dado baja NECESITA SEGURO?
Publicado por: thetrooper69 en Jueves 05 de Diciembre de 2019. 13:05 horas.
 Muchisimas gracias por las respuestas y la rapidez