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LEGISLACIÓN => Código Penal => Escritos Fiscalía General del Estado => Mensaje iniciado por: malumar en Viernes 06 de Diciembre de 2019. 12:08 horas.

Título: LESIONES PROVOCADAS POR CONDUCTOR PATINETE ELÉCTRICO.
Publicado por: malumar en Viernes 06 de Diciembre de 2019. 12:08 horas.
Buenos días, a ver si alguien puede aclararme este tema: conductor de patinete eléctrico, que provoca lesiones del art. 147.2 ( primera asistencia médica, sin tratamiento médico), en peatón o en otro ocupante del mismo patinete que de forma indebida pudiera acompañarle, y sometido a la prueba de etilometría arroja resultado positivo ?. Gracias.
Título: Re:LESIONES PROVOCADAS POR CONDUCTOR PATINETE ELÉCTRICO.
Publicado por: malumar en Viernes 06 de Diciembre de 2019. 12:09 horas.
Perdón, la cuestión a plantear sería: Procedería imputar la comisión de un delito de lesiones imprudentes? gracias.
Título: Re:LESIONES PROVOCADAS POR CONDUCTOR PATINETE ELÉCTRICO.
Publicado por: RGUB en Viernes 06 de Diciembre de 2019. 22:53 horas.
Buenas noches.

En caso de que la alcoholemia se determine como la causa del accidente se entendería como imprudencia grave. No obstante las lesiones leves por imprudencia no son punibles a nivel penal. Debería resolverse dentro de la jurisdicción Civil, mediante aseguradoras si es que cubren dicho incidente. Hay seguros específicos para VMP o incluso seguros del hogar que pueden contener alguna  cláusula ampliada para estos casos, sin perjuicio de que la alcoholemia sea causa de exclusión de la cobertura.

Un saludo.
Título: Re:LESIONES PROVOCADAS POR CONDUCTOR PATINETE ELÉCTRICO.
Publicado por: malumar en Sábado 07 de Diciembre de 2019. 06:29 horas.
muchas gracias y saludos.