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GUARDIANES DEL ASFALTO => Temas Profesionales => Mensaje iniciado por: MEGANNERUBIO en Viernes 17 de Julio de 2020. 23:17 horas.

Título: Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: MEGANNERUBIO en Viernes 17 de Julio de 2020. 23:17 horas.
Buenas noches compañeros, mi pregunta es, los propietarios de una compraventa, pueden circular con vehículos de placas de empresa como si fueran sus vehículos habituales y sin llevar rellenado el boletín de circulación? Gracias y un saludo.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: RGUB en Sábado 18 de Julio de 2020. 15:08 horas.
No se puede hacer un uso particular con placas temporales de empresa. La circulación está sujeta a los requisitos establecidos en el RGV art 44 y ss. En todo caso debe cumplimentarse el  boletín de circulación.

Un saludo.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: MEGANNERUBIO en Sábado 18 de Julio de 2020. 16:53 horas.
Muchas gracias.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Currito en Lunes 20 de Julio de 2020. 17:27 horas.
Además, si indagas un poco cuando detectes un placa roja usado por el titular de las mismas, comprueba el número de bastidor del vehículo utilizado, que el 90 % de dichos vehículos no están dados de baja temporal, por lo tanto poseen placa blanca, y si usa una placa roja "encima" de una blanca....ya me entiendes
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Wuinslow en Jueves 30 de Julio de 2020. 14:57 horas.
Falsificacion Documental? porque yo lo valoraria.... puede que sea un trabajador y no sepa mucho de que va el tema, o el tipico compraventa que va de listo.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Balarrasa en Miércoles 14 de Octubre de 2020. 10:38 horas.
Entre otras cosas, tampoco puede llevar equipaje o carga, y tampoco puede llevar mas pasajeros que la persona que vaya a comprar el vehículo y otra más.
Respecto al mismo tema, los camiones que arrastran semirremolques con placas rojas, pueden llevar cargados otro semirremolque que no esté matriculado.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Dikxon en Miércoles 14 de Octubre de 2020. 13:04 horas.
Cita de: Balarrasa en Miércoles 14 de Octubre de 2020. 10:38 horas.
Respecto al mismo tema, los camiones que arrastran semirremolques con placas rojas, pueden llevar cargados otro semirremolque que no esté matriculado.

Correcto, pero cada remolque ha de ir con su placa correspondiente, sino, se considera carga.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: tato029 en Viernes 04 de Febrero de 2022. 17:21 horas.
Cita de: Balarrasa en Miércoles 14 de Octubre de 2020. 10:38 horas.
Entre otras cosas, tampoco puede llevar equipaje o carga, y tampoco puede llevar mas pasajeros que la persona que vaya a comprar el vehículo y otra más.
Respecto al mismo tema, los camiones que arrastran semirremolques con placas rojas, pueden llevar cargados otro semirremolque que no esté matriculado.

Estaba mirando el artículo 44 y aquí no dice que únicamente puedan llevar  a la persona que vaya a comprar el vehículo y otra más, aquí dice "terceras personas interesadas en su adquisición", podría ser el matrimonio y su hijo, por ejemplo.  ¿Existe algo al respecto?, lo desconozco, gracias de antemano.

Artículo 44. Supuestos y requisitos para su concesión.
1. Las personas naturales o jurídicas que sean fabricantes, sus representantes legales, carroceros, importadores, vendedores o distribuidores de vehículos de motor, ciclomotores, remolques o semirremolques, con establecimiento abierto en España para cualquiera de estas actividades, así como los laboratorios oficiales, podrán obtener de la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tengan su domicilio legal, permisos temporales que habilitarán a sus vehículos no matriculados en España para transitar por el territorio nacional, siempre que se trate de realizar transportes, pruebas o ensayos de investigación o exhibiciones con personal técnico o con terceras personas interesadas en su adquisición.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: thetrooper69 en Viernes 04 de Febrero de 2022. 18:17 horas.
 Buenas tardes
expongo la situación
Se observa a un vehículo el cual es de importación y va circulando con placas rojas, se procede a su control y va correctamente. Sin embargo, al cabo de dos meses o mas, se vuelve a interceptar dicho vehículo y el cual no ha solicitado el permiso temporal correspondiente
Se le podría denunciar por carecer de autorización administrativa y además se podría proceder a la inmovilización?
Muchísimas gracias por las respuestas.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Dikxon en Viernes 04 de Febrero de 2022. 20:07 horas.
Cita de: thetrooper69 en Viernes 04 de Febrero de 2022. 18:17 horas.
Buenas tardes
expongo la situación
Se observa a un vehículo el cual es de importación y va circulando con placas rojas, se procede a su control y va correctamente. Sin embargo, al cabo de dos meses o mas, se vuelve a interceptar dicho vehículo y el cual no ha solicitado el permiso temporal correspondiente
Se le podría denunciar por carecer de autorización administrativa y además se podría proceder a la inmovilización?
Muchísimas gracias por las respuestas.

Se supone que es un compraventa, por lo que si lo tiene para la venta, puede circular con el con placas rojas "S", siempre que se cumpla con los requisitos. (Boletín, persona relacionada con la empresa, utilizar para fines distintos, no mas de tres personas, posible comprador...)
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: pitutis en Viernes 04 de Febrero de 2022. 21:17 horas.
Cita de: tato029 en Viernes 04 de Febrero de 2022. 17:21 horas.
Cita de: Balarrasa en Miércoles 14 de Octubre de 2020. 10:38 horas.
Entre otras cosas, tampoco puede llevar equipaje o carga, y tampoco puede llevar mas pasajeros que la persona que vaya a comprar el vehículo y otra más.
Respecto al mismo tema, los camiones que arrastran semirremolques con placas rojas, pueden llevar cargados otro semirremolque que no esté matriculado.

Estaba mirando el artículo 44 y aquí no dice que únicamente puedan llevar  a la persona que vaya a comprar el vehículo y otra más, aquí dice "terceras personas interesadas en su adquisición", podría ser el matrimonio y su hijo, por ejemplo.  ¿Existe algo al respecto?, lo desconozco, gracias de antemano.

Artículo 44. Supuestos y requisitos para su concesión.
1. Las personas naturales o jurídicas que sean fabricantes, sus representantes legales, carroceros, importadores, vendedores o distribuidores de vehículos de motor, ciclomotores, remolques o semirremolques, con establecimiento abierto en España para cualquiera de estas actividades, así como los laboratorios oficiales, podrán obtener de la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tengan su domicilio legal, permisos temporales que habilitarán a sus vehículos no matriculados en España para transitar por el territorio nacional, siempre que se trate de realizar transportes, pruebas o ensayos de investigación o exhibiciones con personal técnico o con terceras personas interesadas en su adquisición.

Artículo 46.2 párrafo 2º "Tan sólo podrán ser ocupados los vehículos por la persona o personas compradoras o que pertenezcan a la entidad que pretenda adquirirlos o por los técnicos o mecánicos del constructor o vendedor, siempre que documentalmente se acrediten dichas circunstancias o se haga constar así en el correspondiente boletín y no rebasen el número de tres".

Saludos.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: thetrooper69 en Martes 15 de Febrero de 2022. 19:02 horas.
 Buenas tardes
Muchísimas gracias por la respuesta tan rápida
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Wuinslow en Sábado 19 de Febrero de 2022. 16:03 horas.
BUenas Tardes,


En referencia a las matriculas tipo "V", el art. 48 especifica que tiene que estar dado de baja temporal.
Como actuais si esta dado de baja definitiva (por ejemplo x exportacion)? y dicho conductor circula con matricula empresa a llevar el vehiculo a otro pais porque lo ha vendido.


Muchas Gràcias y buen servicio.
Título: Re:Circular con vehículos placas rojas
Publicado por: Dikxon en Sábado 19 de Febrero de 2022. 19:53 horas.
Cita de: Wuinslow en Sábado 19 de Febrero de 2022. 16:03 horas.
BUenas Tardes,


En referencia a las matriculas tipo "V", el art. 48 especifica que tiene que estar dado de baja temporal.
Como actuais si esta dado de baja definitiva (por ejemplo x exportacion)? y dicho conductor circula con matricula empresa a llevar el vehiculo a otro pais porque lo ha vendido.


Muchas Gràcias y buen servicio.

No puede circular con esa placa. A groso modo estos son los pasos.

1.- Poner el vehículo a su nombre.
2.- Darlo de baja definitiva por exportación.
3.- Solicitar un Permiso Temporal de conducción en España (Placas Verdes. Autorización temporal de 30 días, prorrogables otros 30 para realización de los trámites)
4.- Matricularlo en su país.