Hola buenas, una pregunta ¿una retroexcavadora como debe llevar el cazo?¿arriba o abajo? y si me podeis indicar instrucciones y demas legislacion os lo agradecere
un saludo y gracias de antemano
Cita de: Msanchez2079 en Viernes 12 de Marzo de 2021. 19:57 horas.
Hola buenas, una pregunta ¿una retroexcavadora como debe llevar el cazo?¿arriba o abajo? y si me podeis indicar instrucciones y demas legislacion os lo agradecere
un saludo y gracias de antemano
CONSULTA SOBRE CARGA DE MERCANCÍA EN "DUMPER" (https://www.guardianesdelasfalto.com/web/index.php?topic=1714.0)
Muchas gracias!
Leyendo el documento me surge ahora otra duda. En el caso de las palas de las retroexcavadoras que no se puedan girar, es decir que queden frontales, (hay alguna instruccion al respecto? En la instruccion dice que 50 cm del suelo y con los dientes girados para evitar empotramientos
Un saludo.-
Cita de: Msanchez2079 en Viernes 12 de Marzo de 2021. 21:45 horas.
Leyendo el documento me surge ahora otra duda. En el caso de las palas de las retroexcavadoras que no se puedan girar, es decir que queden frontales, (hay alguna instruccion al respecto? En la instruccion dice que 50 cm del suelo y con los dientes girados para evitar empotramientos
Un saludo.-
Se refiere a los dientes recogidos...
(https://img.interempresas.net/fotos/2544801.jpeg)(https://www.bbmshantui.cl/wp-content/uploads/2020/04/retro6.png)
NO ASÍ(https://victoryepes.blogs.upv.es/files/2014/04/S_876946-MCO27399670575_052018-O.jpg)(https://http2.mlstatic.com/D_NQ_NP_869719-MLC26262586176_102017-O.webp)
Para que haga de antiempotramiento, no de cuchilla
Y en el segundo caso que expones entiendo que tienen que llevar la pala con los dientes arriba no?
Cita de: Msanchez2079 en Sábado 13 de Marzo de 2021. 19:09 horas.
Y en el segundo caso que expones entiendo que tienen que llevar la pala con los dientes arriba no?
Claro, para que no hagan de cuchilla....
Ok, muchas gracias por la aclaración
Un saludo
Hola compañeros.
¿A que reglamentación y articulados se denunciaría?
Me refiero en los casos de circular de manera antireglamentaria, tanto por no llevar la pala a 50cm. del suelo, con los dientes expuestos, circular por la vía pública fuera de los casos autorizados.....
Hubiera estado bien que la aclaración del Subsector de Sevilla hubiera incluido al final en la conclusión junto a los puntos una indicación con la codificación de cada caso.
Muchas gracias por el aporte
Cita de: diemarago en Viernes 19 de Marzo de 2021. 21:17 horas.
Hola compañeros.
¿A que reglamentación y articulados se denunciaría?
Me refiero en los casos de circular de manera antireglamentaria, tanto por no llevar la pala a 50cm. del suelo, con los dientes expuestos, circular por la vía pública fuera de los casos autorizados.....
Hubiera estado bien que la aclaración del Subsector de Sevilla hubiera incluido al final en la conclusión junto a los puntos una indicación con la codificación de cada caso.
Muchas gracias por el aporte
Al 3-1-5C/5D del RGCir. especificando el riesgo creado
Gracias por la información... ;)