Hasta no se pronuncie la Fiscalía de Seguridad Vial u otro, cómo deberán de ser las comunicaciones o "atestados que se remitirán a los Juzgados ante tales hechos, ya no por fallecidos o heridos graves que no hay dudas, y mas si hay indicios de DCSV o Imprudencias 142 o 152, en cambio, ante "el resto de heridos". Ya que como hasta la fecha, no todos son perseguibles penalmente, si en cambio por la vía Civil, la cual es a instancia de parte.
La cuestión es, cómo proceder de momento nosotros????.
Saludos¡¡¡¡¡¡¡
No tardaran mucho en sacar Instruccion o Circular al respecto, pero por ahora, siempre que el lesionado o muerto se de en un accidente de trafico (al menos un vehiculo en movimiento) hay que enviar el atestado al juzgado
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Saludos.