He llegado a escuchar que Los vehículos concebidos para el transporte de personas como los turismos, que tengan una carga útil de menos de 750kg no se les podría sancionar por transporte ya que estos no son vehículos de mercancías .
He estado buscando donde pone eso en la LOTT y en otras normativas pero no he leído nada al respecto. Alguien sabe donde puede estar reflejado lo comentado en el párrafo anterior?
Cita de: Oteo12 en Jueves 20 de Octubre de 2022. 07:09 horas.He llegado a escuchar que Los vehículos concebidos para el transporte de personas como los turismos, que tengan una carga útil de menos de 750kg no se les podría sancionar por transporte ya que estos no son vehículos de mercancías .
He estado buscando donde pone eso en la LOTT y en otras normativas pero no he leído nada al respecto. Alguien sabe donde puede estar reflejado lo comentado en el párrafo anterior?
https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/comodin/recursos/faq_dgtt_-_empresas_gestores_y_cap.pdf