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Mensajes - Juanb1981

#1
Temas Profesionales / Re:Baja Temporal...procede denuncia???
Viernes 27 de Abril de 2018. 11:42 horas.
Buenos días,

En primer lugar perdón por la tardanza en la contestación.

Adjunto remito sentencia del Tribunal Supremo del año 2012. En los fundamentos de derechos, punto tercero, es donde se indica que el estacionamiento es un hecho de la circulación.

Un saludo.
#2
Temas Profesionales / Re:Baja Temporal...procede denuncia???
Domingo 22 de Abril de 2018. 12:37 horas.
En mi opinión:

Si el vehículo esta de baja temporal carece de autorización administrativa para circular, denuncia por art. 1.2.5D del reglamento de vehículos, por lo que cabe la inmovilización del vehículo por el art. 104 LSV y en el municipio donde trabajo por orden del Intendente las inmovilizaciones se harán en el deposito municipal.

Y en lo referente a que el vehículo estacionado no está en circulación, no estoy de acuerdo, ya que hay varias sentencias que indican que el estacionamiento es motivo de la circulación. Por lo que también procedería a la denuncia por carecer de seguro.

Un saludo