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Mensajes - Moro

#1
Temas Profesionales / Re:PROFESOR FORMACIÓN VIAL
Miércoles 18 de Diciembre de 2019. 13:40 horas.
Enhorabuena, me alegro que tu lucha haya dado sus frutos.Me podrías indicar qué pasos ha seguido y el número de sentencia. Gracias
#2
Conductores / Re:Motivos de inmovilización no recogidos 104lsv
Martes 13 de Agosto de 2019. 13:37 horas.
Buenos días, en relación a su pregunta, desde mi humilde opinión le comento lo siguiente:
1- Art. 1 RGCond.  Para la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, se exigirá haber obtenido previamente el permiso
2- Art. 4 RGCond.  Regulación de la obtención permiso AM, edad minima 15 años cumplidos.
3- Art. 59.1 LSV " con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos y la idoneidad de èstos para circular con el mínimo riesgo posible, la circulación de vehículos a motor y de ciclomotores requerirá la obtención de la correspondiente autorización administrativa previa".
4- Art. 59.2 LSV " el conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesion y llevar consigo su permiso o licencia de conducir ...................."

Una vez analizado lo expuesto anteriormente y, teniendo en cuenta el artículo 104 LSV,considero que en aras de evitar un posible riesgo para la seguridad vial y a tenor de lo dispuesto en el 59.1 "circular con el mínimo riesgo posible" , es mi parecer proceder a la inmovilización del vehículo hasta la llegada de un conductor alternativo que acredite estar en posesión del permiso que le habilite para conducir.
Pregunta:
¿Dejaría usted continuar la marcha al conductor de un vehículo que està en posesión del permiso AM con la edad de 15 años cumplido?