Gracias a los dos por vuestras respuestas.
Tengo claro que nosotros no somos quien tiene que interpretar las sentencias judiciales. Nos basamos en las Circulares, Dictámenes de Fiscalía i Instrucciones de la DGT.
Me choca como se cargan el derecho a "pataleo" en el procedimiento administrativo, haciendo caso omiso a las Sentencias del Tribunal Constitucional, en lo que se refiere a las notificaciones de edictos con los plazos de recurso vencidos, derecho fundamental de defensa.
Lo dicho, un placer debatir con vosotros.
Un saludo.
Tengo claro que nosotros no somos quien tiene que interpretar las sentencias judiciales. Nos basamos en las Circulares, Dictámenes de Fiscalía i Instrucciones de la DGT.
Me choca como se cargan el derecho a "pataleo" en el procedimiento administrativo, haciendo caso omiso a las Sentencias del Tribunal Constitucional, en lo que se refiere a las notificaciones de edictos con los plazos de recurso vencidos, derecho fundamental de defensa.
Lo dicho, un placer debatir con vosotros.
Un saludo.

