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Mensajes - darksearock

#1
Una duda: ciudadano Rumano que tiene residencia en España des de hace mas de 6 años i se acredita con un permiso de Rumania expedido a finales del 2022. Mi entender es que és valido i reconocido, pero al mismo tiempo me genera una duda si el tener la residencia en España debe de sacarselo obligatoriamente en España.
#2
Temas Profesionales / Re:Cobro de la sancion en el momento
Martes 24 de Enero de 2023. 04:36 horas.
Cita de: Dikxon en Lunes 23 de Enero de 2023. 12:05 horas.Desde mi punto de vista, es correcto.(Siempre que hayas hecho constar el domicilio francés en el boletín de denuncia)
El NIE/DNI no implica ser residente. Se me dio un caso de una persona con doble nacionalidad (española y alemana) y había decidido tener documentación española (DNI) y residir en Alemania, con su permiso de conducción alemán correspondiente.

Actuación: Denuncia por infracción al RGCir y pago en el acto. Alguna vez le habría salido bien el decir que el es ciudadano español con su DNI, porque decía, "En otras ocasiones me han puesto la multa y he continuado"...

Y claro, esas denuncias, quedan en saco roto...


Muchas gràcias por darme tu punto de vista
#3
Temas Profesionales / Cobro de la sancion en el momento
Lunes 23 de Enero de 2023. 00:08 horas.
Buenas noches, hace unos dias denuncié a un ciudadano, el cual en el momento de notificarle dicha sancion la persona me mostro un NIE. Justo en el momento de pedirle si el domicilio que le constaba en el NIE era el correcto, la persona contestó que NO y su actual residencia era en Francia. Mi manera de actuar cambió, ya que trate a la persona como NO RESIDENTE y obligué abonar el pago de la denuncia 100% deposito o 50% declarandose "culpable" acogiéndose al descuento. Finalmente acabo inmobilizado.

Mi duda es si esta casuística expuesta la tratarias igual o si por el contrario actuariais de diferente manera ?

Art 87 Denuncia subapartado 5. Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, el conductor deberá trasladar el vehículo e inmovilizarlo en el lugar indicado por el agente denunciante. El depósito podrá efectuarse mediante tarjeta de crédito, o en metálico en euros y, en todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 94 respecto a la posibilidad de reducción del 50 por ciento de la multa inicialmente fijada.